Hoy se han publicado las nuevas ayudas del IVACE en materia de energías renovables y biocarburantes, para este año 2013, mediante la Resolución de 28 de junio de 2013.
Las actuaciones enmarcadas en este nuevo paquete de ayudas son las destinadas a instalaciones de energía solar térmica, energía solar fotovoltaica aislada o mixta eólica-fotovoltaica aislada, energía eólica aislada, biomasa térmica/eléctrica, equipos de tratamiento en campo de biomasa para astillado o empacado, plantas de fabricación de pellets/briquetas e instalaciones híbridas solar térmica/biomasa térmica, biogás térmico o eléctrico, energía geotérmica, energía minihidráulica y biocarburantes.
En el siguiente enlace se puede consultar la resolución con más detalles y consultar otros aspectos (costes elegibles, criterios de valoración,…) que no aparecen en el siguiente resumen.
Descárguese la Resolución de 28 de junio de 2013.
Objetivo: Impulsar actuaciones encaminadas a la explotación de los recursos energéticos renovables y fomentar el uso de los biocarburantes, dentro del marco del Plan de Energías Renovables (PER) 2011-2020.
1. Energía solar térmica e instalaciones híbridas energía solar térmica-biomasa térmica
Descripción: Instalaciones para el aprovechamiento de la energía solar mediante captadores térmicos e instalaciones híbridas de captadores térmicos y calderas de biomasa, incluyendo la incorporación de sistemas de telemonitorización y visualización de la energía producida en instalaciones nuevas o existentes.
Aplicaciones:
– Producción de agua caliente sanitaria (ACS).
– Calefacción o climatización.
– Climatización de piscinas cubiertas.
– Calentamiento de agua para procesos industriales.
– Incorporación de sistemas de telemonitorización y/o sistemas de visualización en instalaciones nuevas o existentes.
Rango energético: Cualquier proyecto.
NOTA: Se considera que una instalación es híbrida solar térmica-biomasa térmica cuando comparten elementos básicos de la instalación y la cobertura de las necesidades energéticas se lleva a cabo fundamentalmente a partir de estas dos fuentes.
2. Energía Solar Fotovoltaica aislada e instalaciones mixtas eólica-fotovoltaica aislada
Descripción: Sistemas fotovoltaicos e instalaciones eólico-fotovoltaicas para producción de energía eléctrica en instalaciones de autoconsumo (no conectadas a la red).
Aplicaciones:
– Electrificación de viviendas o edificios.
– Bombeo, sistemas de riego.
– Aplicaciones agropecuarias.
Rango energético: La potencia fotovoltaica instalada será igual o superior a 0’5 kWp. La potencia eólica instalada total será igual o inferior a 50kW.
3. Energía Eólica Aislada
Descripción: Instalaciones eólicas de pequeña potencia para producción de energía eléctrica en instalaciones de autoconsumo (no conectadas a red).
Aplicaciones:
– Electrificación de viviendas o edificios.
– Bombeo de agua.
– Aplicaciones agropecuarias.
Rango energético: Instalaciones con potencia nominal igual o inferior a 50kW.
4. Energía de la biomasa térmica/eléctrica, equipos de tratamiento en campo de biomasa para astillado o empacado, plantas de fabricación de pellets/briquetas, adaptación camiones cisterna para transporte/suministro biomasa
Descripción: Instalaciones para el aprovechamiento (térmico y/o eléctrico) de residuos forestales, agrícolas, industriales o materia prima procedente de cultivos. Equipos de tratamiento en campo de biomasa para su astillado o empacado, con el único fin de su utilización en procesos energéticos, maquinaria específica e instalaciones para fabricación de pellets/briquetas, para su uso energético; inversiones en equipo y maquinaria específica para la adaptación de camiones cisterna destinados a la distribución y/o suministro a granel de biomasa para su uso energético.
Aplicaciones:
– Producción de agua caliente sanitaria (ACS).
– Calefacción o climatización.
– Climatización de piscinas cubiertas.
– Generación térmica para procesos industriales.
– Generación de energía eléctrica.
– Producción combinada de energía eléctrica y térmica (cogeneración).
– Tratamiento en campo (astillado y/o empacado).
– Plantas de fabricación de pellets/briquetas.
– Sistemas de calefacción de distrito (district heating).
– Adaptación de camiones cisterna con equipos específicos para la distribución y/o suministro de biomasa.
Rango energético:
– Producción de energía térmica para uso doméstico o en edificios.
– Instalaciones de calefacción con sistemas de recuperación y distribución de calor.
– Aplicaciones térmicas industriales: instalaciones de hasta 10.000.000 kcal/h.
– Generación de energía eléctrica: instalaciones de hasta 10 MW.
– Cogeneración: instalaciones de hasta 10 MW
NOTA: No se considerarán apoyables los sistemas de generación de energía térmica del tipo estufa o casete de chimenea que proporcionen exclusivamente calor directo en el lugar donde se instalen y no posean circuito hidráulico de calefacción y/o agua caliente sanitaria.
5. Biogás térmico o eléctrico
Descripción: Equipos para producción de energía térmica o eléctrica, mediante el aprovechamiento energético del biogás producido por digestión anaerobia de residuos biodegradables
Aplicaciones:
– Generación de energía térmica o eléctrica
Rango energético: Cualquier rango energético.
6. Energía geotérmica
Descripción: Instalaciones para el aprovechamiento de los yacimientos geotérmicos, incluido la energía solar almacenada de forma natural en el terreno.
Aplicaciones:
– Producción de agua caliente sanitaria (ACS).
– Calefacción o climatización.
– Climatización de piscinas.
– Generación térmica para procesos industriales.
– Aprovechamiento de energía térmica para redes de distrito (district heating).
Rango energético: Cualquier proyecto
7. Energía minihidráulica
Descripción: Construcción de minicentrales correspondientes a nuevas concesiones o rehabilitación, minicentrales instaladas en conducciones de redes de riego o distribución de agua.
Aplicaciones:
– Generación de energía eléctrica
Rango energético: Instalaciones con potencia total de hasta 500 kW.
8. Biocarburantes
Descripción: Impulsar aquellos proyectos encaminados al desarrollo de la infraestructura de biocarburantes en la Comunidad Valenciana, para poder atender la previsible demanda que se va a producir en los próximos años.
Actuaciones:
– Instalación de surtidores en estaciones de servicio o para abastecimiento de flotas, para su consumo en el sector transporte, de mezclas de biodiesel o bioetanol, ambas con obligación de etiquetado específico.
– Adaptación de surtidores existentes en estaciones de servicio o para abastecimiento de flotas, para su consumo en el sector transporte, de mezclas de biodiesel o bioetanol, ambas con obligación de etiquetado específico.
– Plantas de producción de biodiesel o bioetanol a partir de aceites refinados o usados, cultivos energéticos o residuos.
– Parques de almacenamiento para distribución de biocarburantes.
Interesados
Podrá acogerse a estas ayudas cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, incluyendo las agrupaciones sin personalidad jurídica, las comunidades de bienes y las empresas de servicios energéticos (ESE), dependiendo de lo establecido en el anexo de la convocatoria para cada programa y actuación apoyable.
Cuantía de la ayuda
Con carácter general, las ayudas que se establecen tendrán la consideración de subvención a fondo perdido de hasta el 45% del coste subvencionable del proyecto.
No obstante, la intensidad de ayuda podrá incrementarse en hasta 10 puntos porcentuales para las ayudas a las medianas empresas y en hasta 20 puntos porcentuales para las ayudas a las pequeñas empresas, particulares, ayuntamientos, entidades públicas y entidades e instituciones sin ánimo de lucro.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCV, es decir, el cierre del plazo de presentación de solicitudes será el 7 de agosto de 2013.
Documentación a presentar
1. Solicitud y memoria técnica (relación de memorias técnicas).
La solicitud y la memoria técnica se adecuarán a los modelos normalizados disponibles en la página web del AVEN y su tramitación deberá realizarse de forma telemática para todos los solicitantes de estas ayudas, a excepción de los particulares, para los cuales la tramitación telemática será opcional.
Sólo se admitirá la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante el Registro Electrónico que estén firmados electrónicamente mediante una firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido.
2. Documentación que debe acompañar a la solicitud.
Dicha documentación deberá igualmente presentarse utilizando los medios telemáticos proporcionados por el IVACE, con la misma excepción indicada anteriormente para los particulares.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante, salvo manifestación en contra, a que el IVACE obtenga directamente los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Administración y obligaciones frente a la Seguridad Social, y los datos de identificación personal (DNI o NIE). En caso de no autorizarse se deberá aportar fotocopia del DNI o NIE y certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
a) Empresas y entidades sin ánimo de lucro.
a.1. Copia de la tarjeta de identificación fiscal del solicitante.
a.2. Copia del último recibo de pago del impuesto sobre actividades económicas (IAE). Si el solicitante se encuentra exento del pago del IAE deberá aportar copia de la declaración censal de alta (modelo 036 de la Agencia Tributaria), así como una declaración responsable con indicación expresa del motivo de la exención, de acuerdo con la legislación vigente. Por último, si el solicitante realiza una actividad no sujeta al alta en el IAE deberá aportar una declaración responsable de dicha situación, de acuerdo con la legislación vigente.
a.3. Cuando se trate de empresas cuya inscripción en el Registro Mercantil sea obligatoria, deberán presentar Nota Simple del Registro Mercantil competente relativa a los datos del solicitante (incluyendo datos identificativos generales, representación social, administradores y apoderados y relación de cuentas depositadas), si bien el IVACE podrá requerir directamente a dicho solicitante la presentación de algún documento concreto.
a.4. Cuando se trate de solicitantes cuya inscripción en el Registro Mercantil no sea obligatoria, deberán presentar copia del poder de representación registrado del firmante de la solicitud o, en su caso, documento equivalente según las prescripciones legales. Igualmente, deberán presentar copia del contrato/acta de constitución y estatutos vigentes registrados.
a.5. Ubicación exacta del proyecto, indicando las coordenadas UTM de la instalación en el apartado destinado para ello en la propia solicitud.
a.6. Copia de un extracto o certificado bancario que justifique la titularidad de la cuenta de cobro de la ayuda. La titularidad de la cuenta deberá corresponder al solicitante.
b) Particulares españoles.
b.1. Ubicación exacta del proyecto, indicando las coordenadas UTM de la instalación en el apartado destinado para ello en la propia solicitud.
b.2. Copia de un extracto o certificado bancario que justifique la titularidad de la cuenta de cobro de la ayuda. La titularidad de la cuenta deberá corresponder al solicitante.
c) Particulares extranjeros.
c.1. Si residen en España menos de 180 días al año:
– Declaración responsable de residir en España menos de 180 días al año, de que la vivienda es de su propiedad, y de que no percibe rentas en España.
– Copia del pasaporte, si no es ciudadano de la Unión Europea.
c.2. Si residen en España más de 180 días al año:
– Copia del pasaporte, si no es ciudadano de la Unión Europea.
c.3. Ubicación exacta del proyecto, indicando las coordenadas UTM de la instalación en el apartado destinado para ello en la propia solicitud.
c.4. Copia de un extracto o certificado bancario que justifique la titularidad de la cuenta de cobro de la ayuda. La titularidad de la cuenta deberá corresponder al solicitante.
d) Entidades públicas.
– Copia de la tarjeta de identificación fiscal.
– Acreditación de la representación legal del firmante.
– Copia de un extracto o certificado bancario que justifique la titularidad de la cuenta de cobro de la ayuda. La titularidad de la cuenta deberá corresponder al solicitante.
– Documento de la entidad que refleje la existencia de una partida presupuestaria para la ejecución del proyecto objeto de subvención.
3. Documentación complementaria.
En función del tipo de actuación y de las características de cada proyecto será necesaria la presentación de documentación complementaria, según lo establecido en el art. 9.1.3 de la convocatoria.
Modelos asociados de memoria técnica:
– Modelo de memoria técnica biocarburantes.
– Modelo de memoria técnica biogás térmico o eléctrico.
– Modelo de memoria técnica biomasa.
– Modelo de memoria técnica eólica aislada.
– Modelo de memoria técnica híbrida solar térmica-biomasa.
– Modelo de memoria técnica mixta eólica-fotovoltaica aislada.
– Modelo dememoria técnica solar fotovoltaica aislada.
– Modelo de memoria técnica solar térmica.