El pasado día 2 de marzo se publicó en el DOGV varias resoluciones convocando tres nuevas líneas de ayudas del IVACE, como en años anteriores. Concretamente, la Resolución de 21 de febrero de 2018, del Presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas en materia de energías renovables y biocarburantes, las ayudas en materia de eficiencia energética en la industria y en los edificios de sector terciario y las ayudas en materia de movilidad sostenible, todas con cargo al presupuesto del ejercicio 2018.
Los aspectos más interesantes de cada una de ellas, se indican a continuación.
AYUDAS EN MATERIA DE ENERGÍAS RENOVABLES Y BIOCARBURANTES
Entidades beneficiarias
Pueden acogerse como beneficiario de estas ayudas las entidades o personas jurídicas, de naturaleza pública o privada, así como empresarios individuales, dependiendo de lo establecido en cada programa y actuación apoyable.
Quedan excluidas las comunidades de regantes como beneficiarias de las actuaciones de energía solar fotovoltaica (aislada de la red), instalaciones mixtas eólica + fotovoltaica (aislada de la red) y energía eólica (aislada de la red). No podrán ser beneficiarias las empresas de servicios energéticos (ESE).
Objeto
Se tratan de ayudas para el impulso de actuaciones encaminadas a la explotación de los recursos energéticos renovables y fomento del uso de los biocarburantes, dentro del Plan de Energía Sostenible de la Comunidad Valenciana 2020 (PESCV2020) así como del Plan de Energías Renovables (PER) 2011-2020, con cargo al presupuesto del IVACE del ejercicio 2018.
Las actuaciones apoyables clasificadas por programas podrán ser las siguientes:
– Programa de energías renovables y biocarburantes – aplicaciones térmicas:
· Actuaciones de energía geotérmica.
· Actuaciones de energía solar térmica.
· Actuaciones de biomasa (aplicaciones térmicas).
· Actuaciones de biomasa (tratamiento en campo y cisternas de reparto).
· Instalaciones híbridas solar térmica + biomasa térmica.
· Actuaciones de biomasa (plantas de producción de pellets/briquetas/astillas).
· Actuaciones de biogás (aplicaciones térmicas).
· Actuaciones de biocarburantes (instalación o adaptación de surtidores).
· Actuaciones de biocarburantes (plantas de producción).
– Programa de energías renovables y biocarburantes – aplicaciones eléctricas:
· Actuaciones de energía minihidráulica (aislada de la red).
· Actuaciones de energía solar fotovoltaica (aislada de la red).
· Actuaciones de energía eólica (aislada de la red).
· Instalaciones mixtas eólica + fotovoltaica (aislada de la red).
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria será de 2.000.000 €. Las ayudas previstas para las actuaciones englobadas en el Programa de energías renovables y biocarburantes – aplicaciones térmicas contarán con financiación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en un porcentaje del 50 % a través del Programa Operativo FEDER de la Comunidad Valenciana vigente para el periodo 2014-2020.
Las ayudas tienen la consideración de subvención y una intensidad de hasta el 45 % del coste subvencionable del proyecto. No obstante, la intensidad de ayuda podrá incrementarse en hasta 10 puntos porcentuales para las ayudas a las medianas empresas y en hasta 20 puntos porcentuales para las ayudas a las pequeñas empresas, ayuntamientos, entidades públicas y entidades e instituciones sin ánimo de lucro respecto de sus actividades no económicas.
Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes se finalizará el 20 de abril de 2018 a las 23:59.59 horas.
Otros datos
- Solicitudes: se deben tramitar por vía telemática de acuerdo al modelo normalizado disponible en la página web del Ivace.
- Documentación: la prevista en el artículo 7 de la convocatoria publicada en la Resolución de 21 de febrero de 2018.
- Solo se considerarán apoyables los proyectos y/o instalaciones nuevas y que estén constituidas por equipos nuevos y sin uso previo.
- El proyecto objeto de subvención deberá encontrarse dentro del territorio de la Comunidad Valenciana.
- Para que un proyecto pueda ser aprobado, tendrá que tener una puntuación mínima de 20 puntos.
- Forma de justificación: Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de manera que los justificantes de gasto y pago deberán de ser de fecha posterior a la misma.
- Plazo máximo de justificación: 21 de diciembre de 2018 en el caso de las actuaciones de energía solar fotovoltaica aislada o mixta eólica-fotovoltaica aislada, las actuaciones de energía eólica aislada y las actuaciones de energía minihidraúlica aislada. Para el resto de actuaciones el plazo máximo de justificación será el 1 de marzo de 2019.
Para descargar la Resolución, pulse aquí.
AYUDAS EN MATERIA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN LA INDUSTRIA Y EN LOS EDIFICIOS DEL SECTOR TERCIARIO
Objeto
Estas ayudas en materia de ahorro y eficiencia energética en la industria y los edificios del sector terciario, incluido el fomento de las auditorías y los sistemas de gestión energética, se encaminan a cumplir con los compromisos internacionales en materia de ahorro, diversificación energética y respeto al medioambiente.
Las actuaciones apoyables podrán ser las siguientes:
– Inversiones en medidas de ahorro de energía en la industria.
– Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes.
– Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior en los edificios existentes.
– Auditorías e implantación de sistemas de gestión energética.
Cuantía
El importe total de la convocatoria será de 3.100.000 € y contará con financiación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en un porcentaje del 50 % a través del Programa Operativo FEDER de la Comunidad Valenciana vigente para el periodo 2014-2020.
Las ayudas tienen la consideración de subvención, siendo el porcentaje máximo de ayuda a aplicar sobre el coste subvencionable del proyecto el establecido en cada caso en el anexo de la convocatoria.
Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 19 de abril de 2018 a las 23:59.59 horas.
Otros datos
- Solicitudes: se deben tramitar por vía telemática de acuerdo al modelo normalizado disponible en la página web del Ivace.
- Documentación: la prevista en el artículo 7 de la convocatoria publicada en la Resolución de 21 de febrero de 2018.
- El proyecto objeto de subvención deberá encontrarse dentro del territorio de la Comunidad Valenciana.
- Para que un proyecto pueda ser aprobado, tendrá que tener una puntuación mínima de 30 puntos.
- Forma de justificación: Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de manera que los justificantes de gasto y pago deberán de ser de fecha posterior a la misma.
- Plazo máximo de justificación: 30 de mayo de 2019, salvo que por circunstancias concurrentes se determine un plazo distinto en la resolución de concesión de la ayuda. En el caso de inversiones en medidas de ahorro de energía en la industria, aquellas que se realicen para lograr la reducción de gases de efecto invernadero procedentes de actividades enumeradas en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE, tendrán de plazo para acreditar la realización de la actuación objeto de subvención con fecha límite el 20 de diciembre de 2018.
Para descargar la Resolución, pulse aquí.
AYUDAS EN MATERIA DE MOVILIDAD SOSTENIBLE
Objeto
Estas ayudas están orientadas a la promoción de la movilidad sostenible, a través de actuaciones encaminadas a cumplir con los compromisos internacionales en materia de ahorro, diversificación energética y respeto al medioambiente.
Las actuaciones apoyables podrán ser las siguientes:
– Proyectos piloto de movilidad urbana sostenible
– Promoción del transporte urbano en bicicleta
– Proyectos de logística urbana sostenible
– Sistemas inteligentes de transporte público urbano
– Adquisición de vehículos eléctricos o propulsados por combustibles alternativos
– Inversiones en estaciones de recarga de gas natural e hidrógeno.
Cuantía
El importe total de la convocatoria será de 1.000.000 € y contará con financiación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en un porcentaje del 50 % a través del Programa Operativo FEDER de la Comunidad Valenciana vigente para el periodo 2014-2020.
Las ayudas tienen la consideración de subvención, siendo el porcentaje máximo de ayuda a aplicar sobre el coste subvencionable del proyecto el establecido en cada caso en el anexo de la convocatoria.
Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 19 de abril de 2018.
Otros datos
- Solicitudes: se deben tramitar por vía telemática de acuerdo al modelo normalizado disponible en la página web del Ivace.
- Documentación: la prevista en el artículo 7 de la convocatoria publicada en la Resolución de 21 de febrero de 2018.
- El proyecto objeto de subvención deberá encontrarse dentro del territorio de la Comunidad Valenciana.
- Para que un proyecto pueda ser aprobado, tendrá que tener una puntuación mínima de 30 puntos.
- Forma de justificación: Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de manera que los justificantes de gasto y pago deberán ser de fecha posterior a la misma.
- Plazo máximo de justificación: 30 de mayo de 2019, salvo que por circunstancias concurrentes se determine un plazo distinto en la resolución de concesión de la ayuda.
Para descargar la Resolución, pulse aquí.
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