Dirigido a: PYME industriales manufactureras Presentación solicitudes: Desde el 20/02/2015 hasta el 25/03/2015 (a las 14 horas) Periodo subvencionable de gastos: los comprendidos entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2015 |
Objetivos Facilitar el acceso de las PYME industriales de la Comunitat Valenciana a la financiación necesaria para realizar inversiones en maquinaria industrial nueva que redunde en una mayor competividad empresarial a través de la modernización tecnológica. Beneficiarios PYME industriales manufactureras encuadradas en la sección C-Divisiones 10 a 33 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas: CNAE 2009, (para acceder al listado de CNAEs subvencionables pulse aquí) con sede social o establecimiento productivo en la Comunitat Valenciana y cuya fecha de constitución sea anterior al 30 de junio de 2013. Requisitos de los proyectos El proyecto deberá tener un presupuesto subvencionable mayor de 20.000 euros. Para su cálculo, debe considerarse la suma de los importes de costes susceptibles de subvención. La maquinaria subvencionada no podrá, durante un plazo de 3 años a contar desde la justificación de su adquisición, enajenarse, arrendarse o cederse, a título gratuito u oneroso, ni trasladarse salvo a otros establecimientos productivos de la empresa beneficiaria radicados en la Comunitat Valenciana. Las empresas solicitantes podrán presentar como máximo un proyecto en esta convocatoria; en caso de presentar más de uno, se tomará en consideración el último presentado en plazo. Actuaciones apoyables Adquisición de maquinaria industrial nueva afecta al proceso productivo de la empresa solicitante. Se limita el apoyo en cada proyecto a la adquisición de una única máquina o equipo. Tipo de ayuda El instrumento financiero en que consisten las ayudas tendrá por objeto la concesión de un préstamo con bonificación del tipo de interés y de una subvención a fondo perdido sobre el coste considerado como subvencionable del proyecto. |
Características del préstamo |
Características de la subvención a fondo perdido |
– Cuantía del préstamo: 100% de los costes subvencionables del proyecto. La cuantía global del préstamo no superará los 125.000 euros. – Tipo de interés: 0%. – Cuotas de amortización semestrales: la primera cuota de amortización se hará efectiva el 30 de septiembre de 2016 y sucesivamente cada semestre, hasta el 30 de marzo de 2020 con la que se liquidará en su totalidad el préstamo en un plazo de amortización de 48 meses salvo modificación de estos plazos por otros posteriores mediante resolución del director general del IVACE. |
– Porcentaje de subvención a fondo perdido: 30% del importe de los costes subvencionables, sin que la cuantía de subvención pueda superar los 37.500 euros por proyecto. |
Esquema General
Costes subvencionables Adquisición de maquinaria o bienes de equipo industriales nuevos, afectos al proceso productivo de la empresa solicitante. En ningún caso serán subvencionables: Solicitud y documentación Lugar de presentación de solicitudes: Tanto la solicitud como la memoria técnica, se presentarán ante el Registro Telemático de la Generalitat, y éste emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de su presentación, que podrá ser archivado o impreso por la empresa interesada, en los términos previstos en el Decreto 18/2004, de 13 de febrero, del Consell de la Generalitat, de creación del Registro Telemático de la Generalitat y regulación de las notificaciones telemáticas de la Generalitat. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud desde el trámite telemático, se deberá anexar la memoria técnica del proyecto en formato electrónico y, en su caso, el resto de documentación. Si la memoria se anexara escaneada, deberá hacerse a 200 ppp y en blanco y negro. El tamaño máximo de fichero a anexar será de 8 Mb. Para acceder a la información completa en la Convocatoria del BOE pulse aquí |