Objetivo
Facilitar el acceso de las PYME de la Comunitat Valenciana a la financiación necesaria para la puesta en marcha de los planes de promoción internacional
Empresas beneficiarias
PYME con sede social en la Comunitat Valenciana.
Actuaciones apoyables
Las acciones del Plan de Promoción Internacional deberán poderse encuadrar en la siguiente tipología de actuaciones de promoción internacional:
- Participación en certámenes feriales o congresos internacionales en el exterior
- Eventos y acciones singulares de promoción en el exterior
- Creación y adaptación del material promocional de la empresa
- Desplazamientos a los distintos mercados internacionales incluidos en el Plan de promoción internacional.
- Gastos de certificación y homologación en los mercados de destino excluidos los países de la Unión Europea
- Y cualquier otra iniciativa relacionada con las actividades que permitan la consolidación y el crecimiento internacional de la empresa, sin que en ningún caso éstas consistan en el establecimiento y explotación de redes de distribución en el extranjero u en otros gastos corrientes vinculados a una actividad exportadora.
Quedan excluidas las acciones de promoción que se realicen en territorio nacional.
Tipo de ayuda
La ayuda reembolsable tendrá por objeto la concesión de un préstamo con bonificación del tipo de interés.
Características del préstamo bonificado:
- Cuantía del préstamo: 100% de los costes subvencionables, con un límite de 60.000 euros.
- Tipo de interés: 0 %- Cuotas de amortización semestral, hasta completar un plazo de amortización de tres años, salvo modificación aprobada por resolución del presidente del IVACE.
- Garantías: se podrá constituir en metálico o en forma de aval financiero prestado por entidades de crédito o por Sociedades de Garantía Recíproca que deberá cubrir tanto el importe del préstamo avalado como cualquier gasto derivado del incumplimiento de la obligación de reembolso. La garantía será del 30% del importe del préstamo.
- Sin comisiones de estudio ni apertura de la operación.
Importe máximo de la ayuda: Las ayudas descritas estarán sujetas al régimen de minimis lo que supone que la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.
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