Beneficiarios
Empresas industriales y de servicios relacionadas con la industria que tengan su sede social o establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana y cuyos proyectos objeto de ayuda estén localizados en dicho territorio.
Las agrupaciones deberán estar integradas por al menos una PYME.
Los organismos de investigación podrán participar en la modalidad de subcontratación.
Acciones y costes apoyables
Proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental, cuyo coste estimado sea de al menos 350.000 euros, desarrollados conjuntamente por agrupaciones de al menos 3 entidades de las descritas como beneficiarias. Los proyectos tendrán una duración máxima de 2 años. Cada empresa deberá asumir un coste mínimo de 50.000 euros en 2 anualidades.
El objeto del proyecto debe ser la resolución de problemas tecnológicos de amplio impacto en la Comunitat Valenciana en alguno de los siguientes ámbitos:
- Biotecnología industrial
- Calidad de vida funcional y Tecnología de la salud
- Tecnologías agroalimentarias
- Nanotecnología y nuevos materiales
- Eficiencia energética y tecnologías limpias
- Diseño y nuevos procesos industriales
- Logística y distribución
- Tecnologías de información y comunicación
Costes apoyables:
a) Ayudas para proyectos de I+D: serán subvencionables los costes siguientes:
1. Gastos de personal relativos a investigadores, técnicos y demás personal auxiliar siempre y cuando estén exclusivamente dedicados al proyecto.
2. Servicios de asistencia técnica, consultoría y similares destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación.
3. Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos, compra y licencia de patentes.
4. Instrumental y materiales: Costes de adquisición de equipos y demás material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto. En caso de que el instrumental no se utilice en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto de investigación.
5. Otros gastos de funcionamiento directamente derivados del proyecto de investigación (material fungible, viajes, manutención y alojamiento).
b) Ayudas a estudios de viabilidad técnica: serán subvencionables los costes siguientes:
1. Gastos de personal relativos a investigadores, técnicos y demás personal auxiliar siempre y cuando estén exclusivamente dedicados al proyecto.
2. Servicios de asistencia técnica, consultoría y similares destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación.
3. Otros gastos de funcionamiento directamente derivados del proyecto de investigación (material fungible, viajes, manutención y alojamiento).
c) Costes relacionados con la protección de los resultados del proyecto (solo será subvencionable en el caso de PYMEs). Esto incluye:
1. Costes relativos a la preparación y presentación de la solicitud, así como los de renovación;
2. Los costes de traducción y demás costes en que se haya incurrido para obtener o validar el derecho en otras jurisdicciones;
3. Los costes de defensa de la validez del derecho en que se haya incurrido con motivo de la tramitación oficial de la solicitud y en eventuales procedimientos de oposición, aunque dichos costes se produzcan con posterioridad a la concesión del derecho.
Características de las ayudas
Las intensidades máximas de ayuda serán:
|
Pequeñas empresas |
Medianas empresas |
Grandes empresas |
Investigación industrial |
70% |
60% |
50% |
Investigación Industrial en colaboración |
80% |
75% |
65% |
Desarrollo experimental |
45% |
35% |
25% |
Desarrollo experimental en colaboración |
60% |
50% |
40% |
Costes derechos propiedad Industrial (desarrollo experimental) |
45% |
35% |
– |
Costes derechos propiedad industrial (investigación industrial) |
70% |
60% |
– |
Estudios viabilidad técnica preparatorios de investigación industrial |
75% |
75% |
65% |
Estudios viabilidad técnica preparatorios de desarrollo experimental |
50% |
50% |
40% |
Criterios de evaluación
a) Calidad técnica e impacto previsible del proyecto: hasta 40 puntos
– Calidad técnica de la propuesta, adecuación del enfoque, la metodología y el plan de trabajo: hasta 15 puntos
– Aplicabilidad de los resultados e impacto industrial previsible: hasta 15 puntos
– Grado de innovación y progreso con relación al estado actual de los conocimientos, teniendo en cuenta el nivel de riesgo asociado al proyecto y el grado de patentabilidad: hasta 10 puntos
b) Valor de la cooperación: hasta 35 puntos
– Potencial de ampliación del proyecto y estrategia de participación de los miembros en programas nacionales e internacionales de cooperación, preferentemente programa CENIT, proyectos integrados y proyectos de cooperación tecnológica entre PYMEs del CDTI y Programa Marco Comunitario de I+D: hasta 10 puntos
– Cooperación con organismos de investigación: hasta 5 puntos
– Grado de integración de actividades pertenecientes a la misma cadena de valor: hasta 5 puntos
– Participación en el proyecto de una mediana o gran empresa: hasta 5 puntos
– Disponibilidad adecuada de recursos materiales, infraestructuras, equipamientos y estructura organizativa: hasta 5 puntos
– Disponibilidad de patentes de carácter tecnológico industrial vinculadas al proyecto: hasta 5 puntos
c) Viabilidad técnica y económico-financiera: hasta 20 puntos
El plazo de presentación de solicitudes será de 45 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV de 26 de Enero de 2009). Del 27 de enero de 2009 hasta el día 3 de marzo de 2009.
Para más información: FEMPA, 965150300 fempa@fempa.es
NOTA: Esta información es un resumen, en cualquier caso la versión válida es la publicada en el D.O.G.V. del 21 de enero de 2009 ORDEN de 30 de diciembre de 2008, de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación, por la que se convocan ayudas para la financiación de acciones estratégicas de diversificación industrial para la Comunitat Valenciana. [2009/573] Para acceder al documento oficial, pulse aquí