Resolución de 28 de enero de 2019, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convoca una línea de financiación destinada al fomento de instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica, con cargo al Fondo de Promoción previsto en el marco del Plan
eólico de la Comunitat Valenciana, para el ejercicio 2019.
OBJETO
Ayudas destinadas a la realización de programas de naturaleza energética e industrial relacionada con el sector energético, más concretamente a la implementación de una línea de financiación destinada al fomento de las instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica a partir de energías renovables en cualquiera de las modalidades previstas en el artículo 9 del Real decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción de autoconsumo.
CUANTÍA
El presupuesto total de la convocatoria será de 1.400.000 euros.
Las ayudas tienen la consideración de ayuda reembolsable bonificada en su tipo de interés, y tendrá las siguientes características:
El importe del préstamo será en un porcentaje máximo del 100 % de los costes subvencionables del proyecto, hasta un máximo de 300.000 euros. El tipo de interés 0 %. El plazo de amortización será de 8 años y las cuotas de amortización serán semestrales.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación de solicitudes a la ayuda reembolsable, se iniciará el día 2 de febrero y finalizará el 11 de marzo de 2019, a las 23:59.59 horas.
COSTES SUBVENCIONABLES
Equipos y montaje vinculados directamente a las instalaciones de autoconsumo, sistema generador, de conversión de la energía, de control y regulación, equipo de medida y, en su caso, sistema de almacenamiento.
En el caso de las instalaciones de biomasa/biogás se incluyen el sistema de producción del biogás, gas de síntesis o sistema equivalente.
Obra civil estrictamente necesaria y vinculada a la instalación objeto de financiación siendo en todo caso el criterio del IVACE el que prevalecerá en caso de controversia acerca de la vinculación de la obra civil al proyecto.
Instalaciones de evacuación de energía hasta el punto de conexión.
Costes de tramitación administrativa de las instalaciones e inscripción en los registros de autoconsumo y de producción de energía eléctrica.
En su caso, costes de redacción de proyectos, estudios de seguridad y salud y dirección de obra, si se trata de contrataciones externas.
SOLICITUDES
Por vía electrónica de acuerdo al modelo normalizado disponible en la página web www.ivace.es
[formulario id=50]