Objetivos
Las actuaciones incluidas en el ámbito de aplicación de esta orden tienen como finalidad última favorecer la competitividad de las empresas de los sectores estratégicos industriales, definidas en el apartado quinto, y de manera específica en los siguientes aspectos:
– Incremento del valor añadido de productos y servicios, orientados a la producción limpia.
– Aumento de la eficiencia y sostenibilidad de los procesos de producción.
– Reorientación de la producción hacia productos más sostenibles que mejoren la eficiencia energética y su impacto ambiental a lo largo del ciclo de vida.
– Establecimiento de actuaciones dirigidas a preservar el empleo y las condiciones de trabajo y mejorar de la capacitación técnica de los recursos humanos.
– Implantación de estrategias de producción y procesos organizativos avanzados.
Características
Las actuaciones objeto de ayuda deberán formar parte de planes de competitividad empresarial que presenten las empresas de sectores estratégicos industriales (sector de bienes de equipo; sector químico y farmacéutico; sector metalúrgico y siderúrgico; sector de fabricación de productos metálicos y de otros productos minerales no metálicos y sector ferroviario, entre otros). Ver listado completo de CNAES beneficiarios, pulse aquí
Las ayudas previstas en esta convocatoria se concederán para la realización de inversiones comprendidas entre la fecha de publicación de la orden y el 31 de diciembre de 2010, ambos inclusive.
Las ayudas a la financiación de planes de competitividad podrán concederse con arreglo a la modalidad de préstamos y/o de subvenciones. No obstante, en esta convocatoria se concederán ayudas únicamente bajo la modalidad de préstamo .
El régimen de concesión de las ayudas es el de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.
Presentación de solicitudes
Plazo de presentación: Del 14 de abril al 7 de mayo.
Tipos de proyectos y actuaciones
Podrán recibir ayuda los planes de competitividad presentados por las empresas de sectores estratégicos industriales, que comprendan actividades relacionadas con una o varias de las siguientes líneas de actuación:
– Generación de productos o servicios o mejora de los ya existentes, que incrementen su valor añadido, mejoren su sostenibilidad y/o su seguridad.
– Reingeniería de procesos productivos.
– Implantación de sistemas avanzados de producción.
– Estudios destinados a determinar la viabilidad técnica de actuaciones englobadas en los puntos 1 a 3 anteriores.
– Formación dirigida a mejorar la capacitación del personal técnico de la empresa o empresas participantes.
– Inversiones destinadas al incremento de la sostenibilidad de procesos productivos.
– Estudios medioambientales para la mejora de las sostenibilidad de productos o procesos productivos.
Modalidades
Las empresas solicitantes podrán participar de manera individual o conjunta con otras empresas. En cada caso, deberán presentar sus Planes de competitividad empresarial:
a) Planes de competitividad individuales
Contendrán actuaciones a desarrollar por el solicitante en alguna(s) de las líneas de actuación anteriores.
b) Planes de competitividad conjuntos
Contendrán las actuaciones que dos o más empresas emprendan de forma conjunta, en alguna(s) de las líneas de actuación anteriores.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios a los efectos de esta convocatoria:
a) Empresas : Entidad privada, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerza una actividad económica y que esté válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud de ayuda, y que cumpla al menos una de las siguientes condiciones:
– Empresas cuya actividad principal esté comprendida en los códigos CNAE 93 (Rev. 1) 24, 25, 26, 27, 28, 29, 31 (excepto 31.61), 32, 33, y 35.2. Se entenderá por actividad principal de la empresa aquélla que proporcione el mayor valor de producción, o la que emplee un mayor número de personas. Esta circunstancia se acreditará mediante la tarjeta de identificación fiscal del beneficiario.
– Empresas que no cumplen ninguno de los requisitos establecidos en el punto 1 anterior, que actúen exclusivamente como participantes en planes de competitividad conjuntos con empresas que sí cumplen alguno de los citados requisitos.
b) Agrupaciones de interés económico (AIE) , formadas por empresas de las señaladas como beneficiarias, siempre que al menos una de ellas cumpla los requisitos establecidos en el apartado a.1.
Conceptos susceptibles de ayuda
El presupuesto presentado por el beneficiario deberá contender la desagregación por cada una de las líneas de actuación contempladas en el plan de competividad. Para cada tipo de actividad las ayudas podrán aplicarse a los siguientes conceptos:
1.- Ayudas para la realización de inversiones destinadas al incremento de la sostenibilidad de procesos productivos.
Los costes subvencionables serán los costes de inversión suplementarios necesarios para conseguir un nivel de protección del medio ambiente superior al exigido por las normas comunitarias correspondientes, sin tener en cuenta los beneficios y costes de explotación. Los conceptos susceptibles de ayudas en este caso adoptarán la forma de activos materiales o activos inmateriales. (Descripción y cuantificación por conceptos en la memoria del proyecto).
2.- Ayudas para realizar estudios de viabilidad técnica o medio ambientales: los costes subvencionables serán los costes del estudio.
3.- Ayudas para realizar actuaciones de formación dirigida a mejorar la capacitación del personal técnico de la empresa o empresas participantes, con preferencia a las destinadas a mujeres trabajadoras y directivas o predirectivas. Los costes subvencionables para actuaciones de formación serán los siguientes:
– Costes del personal docente.
– Gastos de desplazamiento del personal docente y de los beneficiarios de la formación, incluido el alojamiento.
– Otros gastos corrientes tales como materiales y suministros vinculados directamente al proyecto de formación.
– Amortización de instrumentos y equipos en proporción a su utilización exclusiva para el proyecto de formación.
– Costes de servicios de asesoría en relación con el proyecto de formación.
– Costes de personal de los beneficiarios de la formación y costes indirectos generales (gastos administrativos, alquileres, gastos generales) hasta un importe equivalente al de los demás costes subvencionables indicados en las letras a) a e). (Desglose de la cuantía por conceptos de forma independiente en el cuestionario y en la memoria del proyecto).
– Para los costes de personal de los beneficiarios de formación, sólo podrán tenerse en cuenta las horas en las que los trabajadores hayan participado realmente en la formación, previa deducción de cualesquiera horas productivas.
4.- Para el resto de actuaciones (actuaciones de ingeniería y reingeniería de procesos), los costes subvencionables, serán:
– Gastos de personal propio o contratado con dedicación parcial o exclusiva la actividad a la que se destina la ayuda.
– Costes de instrumental y equipamiento, en la medida y durante el período en que se utilice para la puesta en marcha de las actividades descritas en el plan de actuación.
– Subcontrataciones.
– Gastos generales suplementarios directamente derivados de la actuación.
– Otros gastos de funcionamiento, incluidos costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente de la actuación.
– Costes de edificios y terrenos, en la medida y durante el período en que se utilice para la puesta en marcha de las actividades descritas en el plan de actuación.
Características de las ayudas
Las características de las ayudas en forma de préstamos serán las siguientes:
a) Importe máximo del préstamo: El que resulte de la aplicación de los límites de intensidad de ayuda establecidos por el referido Reglamento general de exención por categorías, siempre y cuando no superen la inversión financiable.
b) Plazo máximo de amortización: Quince años, con un plazo de máximo de carencia de cinco años.
c) Tipo de interés de aplicación del 0 por ciento anual.
d) No se exigirán garantías para la concesión de estas ayudas.
Intensidad y compatibilidad de las ayudas
La intensidad bruta máxima de las ayudas en forma de subvención de cualquier modalidad, que se podrán conceder para las distintas categorías de actuaciones detalladas en el apartado sexto de la presente orden, será la siguiente:
Memoria del proyecto
En la memoria se detallará el plan de competitividad previsto por la empresa en las distintas líneas de actuación, así como una descripción de los principales objetivos en materia de mejora de la competitividad de la empresa.
Constará también en la memoria una referencia al proceso de información realizado por la empresa a los órganos de representación sindical sobre el plan presentado.
En el caso de que el solicitante sea una gran empresa se deberá aportar también una memoria adicional que demuestre el efecto incentivador de la ayuda sobre las actuaciones para las que la solicita.
Financiación
La financiación de las ayudas convocadas podrá tener carácter bianual, siempre que parte de las actividades de los planes de competitividad se realice en el año 2009 y se solicite ayuda para dicho ejercicio.
La cuantía total máxima de las ayudas convocadas para 2009 es de 261.513,55 millones de euros en préstamos, de los cuales 201.164,27 millones de euros corresponden al ejercicio 2009 y el resto de la cuantía al ejercicio 2010.
Subcontratación
El coste de la subcontratación no puede superar el 90% del coste total de las actuaciones previstas en el plan de competitividad presentado.
Una entidad no podrá participar en un plan de competitividad conjunto de manera simultánea como beneficiario y como entidad subcontratada por otro participante en el mismo.
Cuando la subcontratación exceda del 20 por ciento del importe de la ayuda y dicho importe sea superior a 60.000 euros, deberá celebrarse un contrato por escrito entre las partes y presentarse con carácter previo a la resolución de concesión.
Normativa
Orden ITC/909/2009, de 8 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras, de las ayudas para la realización de actuaciones en el marco de la política pública para el fomento de la competitividad de sectores estratégicos industriales para el periodo 2009-2010 y se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2009.
Más información, www.mityc.es