RESOLUCIÓN de 14 de enero de 2019, de la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana, de la convocatoria para la concesión de las ayudas reguladas mediante Orden 8/2018, de 25 de junio, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas de rehabilitación de edificios del Programa de fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas y convocadas mediante Resolución de 5 de julio de 2018 en el marco del Plan estatal de vivienda 2018-2021. [2019/646]
Primero:
Conceder ayudas por un importe total de 467.952,60 €, correspondiente a 40 expedientes de ayuda, ordenados según la puntuación obtenida aplicando los criterios de adjudicación de las bases reguladoras de las ayudas, habiendo acreditado las partes beneficiarias el cumplimiento de los requisitos y de sus obligaciones fiscales, tributarias y con la Seguridad Social. Esta concesión se hace con cargo a la aplicación presupuestaria 08.02.01.431.10.7 de la línea S8287000, «Plan estatal de vivienda 2018-2021», para las ayudas de rehabilitación de edificios del Programa de fomento de la eficiencia energética y la sostenibilidad en viviendas reguladas mediante la Orden 8/2018, de 25 de junio, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, siendo convocadas mediante resolución de 5 de julio de 2018 en el marco del Plan estatal de vivienda 2018-2021, y dotadas con un importe total de 1.460.000,00 €, de las que corresponden 1.250.000,00 € a la aportación del Ministerio de Fomento y 210.000,00 € a la aportación de la Generalitat según la distribución inicialmente prevista para esta convocatoria.
Resumen del desglose del importe total de las ayudas:
Ayuda con cargo al Ministerio de Fomento 385.068,41 €
Ayuda a cargo de la Generalitat 82.884,19 €
Importe total 467.952,60 €
Segundo:
Denegar las 36 solicitudes que se relacionan a continuación por incumplir los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, indicándose el motivo por el que la solicitud ha sido denegada.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante el secretario autonómico de Vivienda, de acuerdo con el artículo primero de la Resolución de 2 de julio de 2018, de la consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, sobre delegación del ejercicio de competencias en determinados órganos de la Conselleria, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 y la disposición transitoria tercera, apartado c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46 de la Ley reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
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