- Recientemente se ha publicado las ayudas del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) destinadas al fomento de instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica en régimen de comunidades de energías renovables, con cargo al presupuesto del IVACE del ejercicio 2024.
- Entidades beneficiarias
- Objeto
- Bases reguladoras
- Cuantía
- Otros datos
Entidades beneficiarias
Cualquier comunidad de energías renovables o comunidad energética, entidades de gestión y modernización de las áreas industriales, ayuntamientos, asociaciones vecinales, comunidades de regantes, así como las comunidades de propietarios en las que participen como mínimo cinco consumidores de energía eléctrica con las excepciones indicadas en la convocatoria.
Objeto
Ayudas para el impulso de instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica en régimen de comunidades de energías renovables, con cargo al presupuesto del IVACE del ejercicio 2024.
Las actuaciones apoyables son las instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica a partir de energías renovables o energías residuales, en régimen de comunidades de energías renovables, en cualquiera de las modalidades previstas en el artículo 9 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. Dichas instalaciones podrán incorporar equipos de mejora de gestión y optimización de las propias instalaciones de generación.
Bases reguladoras
Orden 19/2016, de 19 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) en materia de energías renovables y biocarburantes (DOGV 7903, 25.10.2016).
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria será de 5.000.000 euros.
Las ayudas tienen la consideración de subvención y una intensidad de hasta el 45 % del coste subvencionable del proyecto. No obstante, la intensidad de ayuda podrá incrementarse en hasta 10 puntos porcentuales para las ayudas a las medianas empresas y en hasta 20 puntos porcentuales para las ayudas a las pequeñas empresas, ayuntamientos, entidades públicas y entidades e instituciones sin ánimo de lucro respecto de sus actividades no económicas.
La cuantía máxima subvencionable por proyecto no podrá exceder de 200.000 euros.
Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y finalizará el 28 de junio de 2024 a las 23:59.59 horas.
Otros datos
- Solicitudes: por vía telemática de acuerdo al modelo normalizado disponible en la página web http://www.ivace.es
- Documentación: la prevista en el artículo 7 de la convocatoria.
- Solo se considerarán apoyables los proyectos y/o instalaciones nuevas y que estén constituidas por equipos nuevos y sin uso previo.
- El proyecto objeto de subvención deberá encontrarse dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.
- Para que un proyecto pueda ser aprobado, tendrá que tener una puntuación mínima de 40 puntos.
- Forma de justificación: en los términos previstos en el artículo 13 de la convocatoria. Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de manera que los justificantes de gasto y pago deberán de ser de fecha posterior a la misma.
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Ayudas destinadas al fomento de instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica en régimen de comunidades de energías renovables