El Real Decreto ley 5/2013 en su artículo 8 permite prolongar las condiciones de la jubilación parcial que han existido hasta su publicación para aquellos trabajadores que cumplan los requisitos hasta el 31-12-2018.Dicha posibilidad se sustenta mediante la suscripción de acuerdos de empresa, antes del día 1 de Abril de 2013, acuerdos que permitirían el acceso de los trabajadores a la jubilación parcial en las mismas condiciones legales que existían antes de la Ley 27/2011 y que resultan más beneficiosas que las que se exigirán a partir del día 1-4-2013. En el intento de preservar este derecho transitorio acompañamos al presente escrito:
- Un modelo de acuerdo para la jubilación parcial.
- Escrito de presentación en el INSS.
El Registro del acuerdo ante el I.N.S.S deberá efectuarse antes del 15 de Abril de 2013 próximo, debiendo otorgarse el acuerdo en fecha anterior al 1 de Abril de 2013, mediante su firma por los representantes de los trabajadores o por los mismos trabajadores de la empresa caso de que no exista representación legal de lo trabajadores.
Quedamos a su disposición para resolverles las dudas que puedan surgirles al respecto.