La orden 25/2012, de 18 de junio, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones de fomento del empleo dirigido a emprendedores para el año 2012, ha sido recientemente publicada en el DOCV.
Objetivos: Incentivos y ayudas económicas destinadas a favorecer la generación del empleo en la Comunidad Valenciana a través de la promoción del empleo por cuenta propia.
a) Subvención por constitución. El importe de esta ayuda se gradúa en función de la dificultad de acceso al mercado de trabajo, de acuerdo con la inclusión del solicitante en alguno de los siguientes colectivos:
1º. 5.000 euros para desempleados en general.
2º. 6.000 euros para jóvenes desempleados menores de 30 años.
3º. 7.000 euros para mujeres desempleadas.
4º. 8.000 euros para desempleados con discapacidad.
5º. 10.000 euros para mujeres desempleadas con discapacidad.
b) Subvención para la reducción de intereses de préstamos: La cuantía de la ayuda financiera será de hasta cuatro puntos de reducción en los intereses de préstamos destinados a financiar inversiones necesarias para la constitución en personal trabajador por cuenta propia.
c) Subvención para la formación durante la puesta en marcha de la empresa. El importe de esta ayuda alcanzará hasta el 75% del coste de los cursos recibidos, hasta un máximo de 3.000 euros por solicitante.
Beneficiarios: Las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el correspondiente Centro SERVEF de Empleo que se constituyan en personal autónomo o profesional durante el año 2012.
Quedan excluidos los socios de sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades civiles y sociedades laborales, así como los miembros de comunidades de bienes y autónomos colaboradores.
Plazo de solicitudes: El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas para la constitución en personal trabajador autónomo o profesional por cuenta propia comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la orden y finalizará el 31 de agosto de 2012. Con anterioridad a la presentación de la solicitud estarán dados de alta en el Censo de Obligados Tributarios.
En caso de estar interesados en solicitar estas ayudas, rogamos nos lo comuniquen lo antes posible, y les informaremos de las condiciones particulares del programa. Contacto, área laboral (email laboral@fempa,es)
Descárguese la orden 25/2012