Hoy día 21 de febrero entra en vigor el Decreto 32/2012, de 17 de febrero, del Consell, por el que modifica el artículo 4.2 del Decreto 96/2004, de 11 de junio, del Consell, por el que se creó el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunidad Valenciana.
La publicación de la Orden SCO/3269/2006, de 13 de octubre, por la que se establecieron las bases para la inscripción y el funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas, de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio y del Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas, hace necesario modificar y adaptar la normativa autonómica relativa al Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunidad Valenciana a la nueva normativa.
En este sentido, y respecto a la redacción del Decreto 96/2004, se elimina la exigencia de que cada servicio biocida deba tener inscrito en la Sección de Establecimientos Biocidas, al menos, un almacén para sus productos, maquinaria y otros enseres de trabajo.
Consulte el texto integro del Real Decreto 32/2012