El día 1 de enero se abrió de nuevo el plazo para el registro y la notificación de emisiones al Registro Estatal de Emisiones y Fuentes Contaminantes, PRTR-España. Dicho plazo estará abierto hasta el 31 de marzo de 2011.
PRTR España, que sustituye al antiguo EPER-España, se encuentra en marcha desde el 1 de enero de 2008 de acuerdo a los requisitos de información recogidos en el Real Decreto 508/2007, de 20 de abril por el que se regula el suministro de información sobre emisiones al Registro E-PRTR (Reglamento 166/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al establecimiento del Registro E-PRTR).
El periodo de registro y notificación que ahora se inicia es el octavo desde la implantación del Registro Estatal de Emisiones y Fuentes Contaminantes en al año 2002, y el tercero en el que el complejo industrial deberá de informar de acuerdo con los requisitos de información estipulados en el Real Decreto 508/2007 y el Reglamento E-PRTR, de las emisiones y transferencias de residuos fuera de su instalación durante el año 2009.
PRTR-España exige a los complejos e instalaciones industriales incluidas en el anexo I del Real Decreto 508/2007, que comuniquen información sobre las emisiones, incluidas en su caso las accidentales y las difusas, al aire, agua y suelo de sustancias contaminantes enumeradas en el anexo II del mencionado Real Decreto. También hay que informar sobre la transferencia de residuos fuera de los complejos industriales y, además, de la información adicional tal y como se recoge en los Anexos III y IV del Real Decreto 508/2007.
El objetivo es poner a disposición del público en general la información sobre emisiones y transferencias de residuos de las principales sustancias y sectores industriales.
Son las Comunidades Autónomas las autoridades competentes para recabar la información que, después de ser validada, será remitida al Ministerio de Medio Ambiente para su publicación en el Registro PRTR-España. La notificación por parte de los complejos industriales afectados debe realizarse teniendo en cuenta el procedimiento que para ello dispongan las diferentes Comunidades Autónomas.
Así, los complejos industriales incluidos en el ámbito de aplicación por el Real Decreto 508/2007 ubicados en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Galicia, Comunidad Valenciana y País Vasco deben seguir los procedimientos que al efecto dispongan estas CC. AA. Serán luego las autoridades competentes de estas Comunidades Autónomas las que envíen la información al Registro PRTR-España.
Si los complejos industriales de CC.AA. que usen la herramienta del Ministerio, son ya complejos “PRTR”, no tiene que hacer de nuevo el registro y pueden notificar sus emisiones utilizando las mismas claves que el año anterior.
En cambio, todos los nuevos complejos, no registrados anteriormente en PRTR, que realicen alguna de las actividades listadas en el anexo I del Real Decreto 508/2007, que estén ubicados en alguna de las Comunidades Autónomas que han decidido utilizar PRTR-España, como herramienta para el registro y la notificación de emisiones, deben solicitar, como paso previo, el registro en el sistema como usuarios y, una vez recibidas sus claves, realizar la notificación siguiendo las pautas y ayudas que el sistema ofrece.
Para más información, el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino a través de PRTR-España dispone de un servicio de atención específica donde se puede ampliar cualquier información al respecto bien consultando la página www.prtr-es.es, o bien por correo electrónico en: info@prtr-es.es, o en el teléfono: 902 54 53 50 de lunes a jueves, en horario de 9,00 a 14,00 y de 16,00 a 18,30, y los viernes de 9,00-15,00.
Para descargar el Real Decreto 508/2007, pulse aquí.