Se prorroga a un año, a contar desde el 1 de octubre de 2021, el plazo que tienen las empresas para cumplir con lo establecido en el Capítulo XVII y los contenidos formativos asociados a éstos establecidos en el Anexo II del Convenio colectivo estatal (CEM). Como no sabemos cuándo se publicará en el BOE el IV CEM, el plazo para cumplir con la impartición de dicha formación tendrá efectos retroactivos desde el 1 de octubre.
El objetivo de la formación y la obtención de la TPM, Tarjeta Profesional del Metal, es que todo trabajador del sector Metal se acredite en materia de prevención de riesgos laborales de acuerdo a lo establecido al Convenio Colectivo de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector Metal.
Los cursos obligatorios para la obtención de la Tarjeta Profesional del Metal, TPM, tienen el objetivo de reducir la siniestralidad y potenciar la cultura preventiva en las empresas del sector metal.
Para que sea acreditable, la formación debe ser impartida por entidades con la formación preventiva homologada, como FEMPA.
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