Planes de seguridad y salud en obras de construcción
¿Qué es?
El Estudio de seguridad y salud de una obra es un documento que forma parte del proyecto, que contiene las medidas de prevención y protección técnica necesarias para la realización de la obra en condiciones de seguridad y salud.
El Plan de seguridad y salud es el documento elaborado por el contratista que partiendo de un estudio de seguridad y salud se adapta a su propio sistema constructivo, permitiendo desarrollar los trabajos en las debidas condiciones preventivas. Al plan se pueden incorporar, durante el proceso de ejecución, cuantas modificaciones sean necesarias.
¿Quién está obligado a hacerlo?
Estudio de seguridad y salud: El promotor está obligado a que en la fase de redacción del proyecto de la obra se elabore un estudio de seguridad y salud.
Plan de seguridad y salud: Cada empresa contratista (contratada directamente por el promotor) elaborará un plan de seguridad y salud para cada obra. También puede ser exigido a empresas subcontratistas (contratadas por contratistas).
Reglamentación aplicable:
- Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
Contenido básico:
Memoria descriptiva
Pliego de condiciones
Mediciones y presupuesto
Ventajas:
- Cumplir el requisito legal de las obligaciones del promotor y contratista de elaborar estos documentos.
- Planificar la actividad preventiva en la obra tanto en fase de proyecto como de ejecución.
¿Qué hace PREVENET?
- Elaboración del plan de seguridad y salud o la evaluación de riesgos específica.
- Asesoramiento técnico especializado para elegir las soluciones preventivas más adecuadas para la obra.
- Modificaciones en los documentos para adaptarlos a las exigencias del coordinador de seguridad de la obra y a las circunstancias de la obra.
Visita de obra
¿Qué es?
La inspección visual de la obra y de la documentación necesaria para su desarrollo.
El objetivo es detectar errores y deficiencias, con el único propósito de subsanarlas antes de que se produzcan los accidentes / incidentes.
Reglamentación aplicable:
- Ley 31/1.995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y su modificación, según Real Decreto 54/2003
- Real Decreto 171/2004 de 30 de enero que desarrolla el Art. 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
- Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción
- Otras normativas y Ordenanzas técnicas de aplicación
Contenido básico:
- Parte de visita, donde se reflejarán las deficiencias detectadas y las medidas correctoras necesarias, así como otras observaciones de seguridad y salud.
- Informe opcional, donde se describirán de forma pormenorizada las deficiencias encontradas, las medidas necesarias en base a la legislación aplicable y unas conclusiones donde se resumirá lo más relevante que se observó en la visita.
Ventajas:
- Observar in situ el estado de las obras de la empresa en materia de seguridad y salud laboral.
- Detectar los incumplimientos legales en materia de seguridad y salud laboral.
- Mentalizar a los responsables y a los operarios de cada obra en la importancia de la Prevención de Riesgos Laborales, de forma que a medida que se detectan y subsanan deficiencias, el grado de cumplimiento es mayor creándose una dinámica de mejora continua.
¿Qué hace PREVENET?
- Estudio diagnóstico de la obra y de su documentación.
- Elaboración del parte de visita, donde se recogen las deficiencias y sus medidas correctoras.
- Elaboración de informe, donde se reflejarán los datos del parte de visita y donde se justificarán las medidas a adoptar, así como unas conclusiones que reflejen la situación de la empresa en este ámbito.
- Asesoramiento técnico especializado durante la visita y aclaración posterior del informe, si ello fuese necesario.
- Programa de formación a los trabajadores, si procede.
Además de los servicios indicados desde el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de FEMPA, PREVENET también realizamos los siguientes trámites para empresas contratistas en Obras de Construcción:
- Comunicación apertura centros de trabajo
- Habilitación del libro de subcontratación