Se convoca la concesión por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) de subvenciones vinculadas a proyectos de Certificación de I+D+i (CERTIFICA-CV) con cargo al presupuesto del ejercicio 2017.
Nombre del trámite
Solicitud de ayudas para Certificación de I+D+i (CERTIFICA-CV) con cargo al presupuesto del ejercicio 2017 (IVACE)
¿Quién puede iniciarlo?
Podrán solicitar estas ayudas las pymes con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y que cumplan con el resto de requisitos establecidos en los artículos 4 y 43 de las bases reguladoras.
A efectos de la presente convocatoria, se considerará pyme la entidad cuyas características se ajusten a lo dispuesto en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO L 187 de 26.06.2014).
Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro
1. La ayuda consistirá en una subvención del coste de la certificación realizada por empresa o entidad acreditada por ENAC, con las siguientes limitaciones en función del tipo de certificado:
– Actuaciones 1 y 2. Subvención a fondo perdido de hasta un 60 % del coste del certificado, con un máximo de 3.000 euros.
– Actuación 3. Subvención a fondo perdido de hasta un 75 % del coste del certificado, con un máximo de 1.000 euros.
2. La ayuda está sujeta al régimen de minimis lo que supone que la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. A efectos de la presente convocatoria, se entenderá por única empresa la definición establecida en el apartado 2 del artículo 2 del Reglamento
(CE) núm. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. Para las empresas que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera, se estará a los límites y condiciones del artículo 3, apartados 2 y 3 de dicha disposición.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 6 de abril de 2017 y finalizará el 16 de mayo de 2017 a las 24 horas.
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