Objeto del trámite
La concesión de subvenciones destinadas a la realización de inversiones en cooperativas y sociedades laborales, a fin de dar soporte al desarrollo de proyectos de creación y modernización de las empresas de economía social, por medio de una mejora de su competitividad, y de facilitar su consolidación.
¿Quién puede iniciarlo?
– Las cooperativas y las sociedades laborales que acrediten un incremento neto de los puestos de trabajo correspondientes a socios trabajadores o de trabajo en los 36 meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, y deberán resultar necesarias para su puesta en funcionamiento o ampliación, así como para la incorporación de nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.
– Las cooperativas con socios trabajadores o de trabajo y las sociedades laborales que, en el mismo período de 36 meses, acrediten un incremento neto del número de trabajadores no socios con contrato indefinido, siempre que los contratos correspondientes a dichos trabajadores tengan fecha anterior en tres o más meses a la fecha en que se presente la solicitud de ayuda.
¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
Para el ejercicio 2017, podrán solicitarse estas ayudas desde el día siguiente al de la publicación en el DOGV, en extracto, de la correspondiente Resolución de convocatoria (que se ha publicado en el DOGV núm.7950, de 03/01/2017) hasta el día 31 de marzo de 2017 inclusive.
Para leer el procedimiento completo, Pulsa Aquí
Fuente: http://www.gva.es/
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