El marcado CE representa el nivel mínimo de seguridad que se debe alcanzar para poder comercializar el producto acabado en Europa y garantiza que cumple los requisitos esenciales de seguridad de la Directiva 89/106/CEE.
En el ámbito de las ventanas, el marcado CE resulta especialmente importante dadas las repercusiones que presenta, no sólo en el proceso edificatorio, también por su efecto en el entorno industrial que alimenta con materiales y productos para los que cada vez se exigen mayores cotas de calidad y durabilidad, tanto en España como en el resto de los países de la Unión Europea. Con esto se intenta favorecer la libre circulación de los productos y la libre competencia en igualdad de condiciones.
El día 1 de febrero de 2007 se inició el periodo de coexistencia del obligatorio marcado CE para ventanas y puertas peatonales exteriores, esto es, se pueden encontrar en el mercado ventanas y/o puertas con y sin marcado CE. Este periodo de coexistencia tiene una duración de 24 meses, de forma que a partir del día 1 de febrero de 2009 no podrán fabricarse ni comercializarse ventanas y/o puertas sin el obligatorio marcado CE.
El marcado CE para ventanas y puertas peatonales está basado en la norma armonizada UNE-EN 14351-1:2006, también llamada “Norma de Producto” para ventanas y puertas peatonales exteriores y, en consecuencia, fundamental para el cumplimiento del obligatorio marcado CE para estos productos.
Las dos tareas fundamentales que los fabricantes deben realizar para la obtención del Marcado CE son los ensayos iniciales de tipo de los productos y tener implantado un sistema de control de producción de la fábrica.
Los Ensayos Iniciales de Tipo serán realizados por laboratorios notificados sobre características obligatorias para las ventanas y/o puertas, tales como Permeabilidad al aire, Estanqueidad al agua, Resistencia a la carga de viento, Atenuación a ruido, Transmitancia térmica, Capacidad de soportar carga de los dispositivos de seguridad y Sustancias Peligrosas.
El Control de Producción en Fábrica consiste en procedimientos documentados, inspecciones y ensayos regulares y/o valoraciones, así como el uso de sus resultados para controlar el equipo, las materias primas y otros materiales o componentes que se utilizan en el proceso de producción y el producto.
Con el objetivo de que sus empresas asociadas estén preparadas para cumplir con la directiva europea, FEMPA pone en marcha el servicio de asesoramiento avanzado hacia las empresas del sector de la carpintería metálica y cerrajería en materia de aplicación de las exigencias de Marcado CE para ventanas, ventanas de tejado y puertas exteriores peatonales, que garantizan la comercialización de productos seguros.
Para la ejecución de este proyecto se va a contar con la financiación de la Unión Europea a través de los Fondos FEDER y de la Generalitat Valenciana a través del IMPIVA.
Como complemento a este servicio, el próximo día 11 de Julio, FEMPA tiene previsto celebrar una jornada informativa sobre Marcado CE que contará con la presencia del Jefe de Sección de la Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial del Ministerio de Industria, Luis Alonso Caballero, que informará a las empresas del sector de la Instrucción publicada por el Ministerio sobre criterios para la puesta en práctica del marcado CE de las ventanas, ventanas para tejados y puertas exteriores peatonales.
“Desde la federación vamos llevar a cabo un servicio de asesoramiento avanzado que tiene como objeto implementar el Marcado CE en las empresas de cerrajería y carpintería metálica fabricantes de productos en el ámbito de la Directiva Europea 89/106/CEE”, destacaba Luis Rodríguez, Secretario General de FEMPA, al explicar que el este servicio de asesoramiento avanzado consistirá en la evaluación previa de del producto para comprobar si está en el ámbito de aplicación de las directivas, pasando por la implantación de control de producción en fábrica hasta la realización de los ensayos iniciales tipo.
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