Desde el pasado 1 de Febrero de 2019 los Servicios Territoriales dejan de aceptar de manera presencial la documentación de instalaciones y/o empresas.
La Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo en cumplimiento de lo establecido en los art. 14.2 y 13.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se relacionará obligatoriamente de forma electrónica con los sujetos que aparecen en la citada Ley como obligados (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria y los representantes de todos ellos).
Para ello, antes de iniciar cualquier trámite telemático, si la persona que va a tramitar el expediente no coincide con la persona titular de la instalación es importante que aquella (tramitadora) sea designada por ésta (titular) como representante para actuar en los procedimientos electrónicos. Esta designación se realiza en el enlace siguiente:
https://regrep.accv.es/accv_repr/login.html
Los trámites específicos disponibles en la página web de la consellería son los que aparecen con el icono de “Tramitar con certificado”, pero hay que decir que dicha web se actualiza continuamente y es posible que se creen nuevos trámites, se modifiquen los existentes, o que alguno de los actuales desaparezca.
Cabe destacar que los documentos que firman los instaladores deben estar firmados electrónicamente.
La Federación está preparando unos Seminarios, para enseñar a sus asociados a realizar estas nuevas tramitaciones, dichos Seminarios se celebrarán por toda la Provincia.
Si necesita más información contacte con el Área Técnico Industrial de FEMPA: tecnico@fempa.es