La realización periódica del mantenimiento de nuestras instalaciones nos asegura su correcto funcionamiento, el aumento de su vida útil y la mejora del rendimiento de las instalaciones, y, por tanto, su rentabilidad. Hoy en día, que tanto se habla de eficiencia energética, una de las primeras medidas que se debe tomar para mejorar el rendimiento de una instalación es precisamente tener bien definido un plan de mantenimiento y llevarlo a cabo de forma fehaciente.
Mientras que en nuestra sociedad ya está afianzada la exigencia de efectuar el mantenimiento y de superar las respectivas inspecciones técnicas obligatorias a nuestros vehículos, no es así en el caso de las instalaciones comunes de los edificios y particulares de nuestras viviendas, que también han de realizar su mantenimiento. Como complemento a esta labor de conservación, hay que añadir además la obligación de cumplir con las inspecciones periódicas reglamentarias a las que algunas de ellas están sujetas, como pueden ser el caso de los ascensores.
FEMPA advierte que este mantenimiento no es de carácter voluntario, sino obligatorio al estar sustentado por reglamentación de seguridad industrial. Es necesario, por tanto, que los propietarios, usuarios y administradores de fincas, tengan en cuenta los requisitos a los que están sujetas sus instalaciones en los distintos reglamentos técnicos, como son el reglamento técnico de instalaciones térmicas (climatización, calefacción y ACS), el de protección contra incendios, el de baja tensión, aparatos elevadores, gas, fontanería, telecomunicaciones, etc.
En toda esta legislación se exige ejecutar el mantenimiento de las instalaciones con empresas legalmente habilitadas en cada una de esas actividades y advierte de que la dejación de tal obligación puede conllevar penalizaciones, tanto económicas como de corte de suministro, o la pérdida de derechos a la hora de reclamar a una compañía aseguradora ante un posible siniestro.
Hay que tener en cuenta que el mantenimiento y la inspección en las instalaciones son de responsabilidad del titular y es éste quien se lo ha de encargar a una empresa mantenedora/instaladora habilitada por la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación. Es más, los propietarios deberían asegurarse de que esas empresas cumplen con los requisitos establecidos en la legislación a la hora de contratarlas e, incluso, solicitarles evidencias de ello, como la tenencia del seguro de responsabilidad civil, contar con los medios técnicos adecuados para desarrollar la actividad y con el personal cualificado debidamente formado, etc.
En este sentido, las empresas instaladores y mantenedoras asociadas a la Federación de Empresarios del Metal de la Provincia de Alicante (FEMPA) tienen acceso a un amplio abanico de servicios, además de recibir información precisa y actualizada del sector y su colectivo, un asesoramiento especifico en diferentes aspectos para que puedan cumplir con las exigencias establecidas en la amplia normativa y legislación y una formación de calidad para la mejorar de la cualificación de sus profesionales y la adaptación a las nuevas normativas que entran en vigor.