Recientemente, la Comisión ha pedido a España que cumpla plenamente todos los requisitos de la Directiva 2010/31/UE, relativa a la eficiencia energética de los edificios, mediante el envío de un dictamen motivado. En virtud de dicha Directiva, los Estados miembros deben establecer y aplicar unos requisitos mínimos de eficiencia energética para los edificios nuevos o existentes, garantizar la certificación de la eficiencia energética de los edificios y exigir la inspección periódica de las instalaciones de calefacción y aire acondicionado.
Además, la Directiva exige a los Estados miembros que garanticen que todos los edificios nuevos sean, a partir de 2021, “de consumo de energía casi nulo”. Un examen detallado de la legislación nacional por la que se transpone la Directiva, es decir, el Real Decreto 56/2016, ha puesto de manifiesto algunas deficiencias en relación con la definición de edificios de consumo de energía casi nulo, sus normas y su aplicación en el tiempo.
Por otra parte, la Comisión considera que las exenciones de los requisitos de la Directiva que introduce este real decreto van más allá de lo previsto por la Directiva. España tiene ahora dos meses para notificar a la Comisión las medidas adoptadas para corregir esta situación, tras lo cual la Comisión puede llevarla ante el TJUE.