La Federación de Empresarios del metal de la Provincia de Alicante ve necesario acercar posturas con los sindicatos y acordar un convenio de excepción, adecuado al actual ciclo económico depresivo. “La provincia de Alicante no es ajena a estos tiempos de crisis y, por ello, que los sindicatos planteen incrementos salariales del 2% es, en estos momentos, absolutamente irresponsable y es estar de espaldas a la realidad”, declaraban desde FEMPA.
La propuesta de FEMPA de incrementar los salarios en un 1%, con cláusula de revisión, supone mantener, el poder adquisitivo de los trabajadores, y más teniendo en cuenta que el IPC real está en un -1,00 %. “Ante los EREs que se están dando, el cierre de empresas y la destrucción de empleo que supera records históricos resulta un disparate exigir incrementos del 2%, con carácter retroactivo”. Esta medida supondría una carga adicional a la maltrecha situación de los empresarios “cuya realidad es más dramática de lo que los sindicatos transmiten a la opinión pública”.
Desde la patronal acusan a los sindicatos de ralentizar la negociación, “dejar pasar el tiempo a la espera de ver cómo evoluciona el Diálogo Social a nivel nacional”, explicaba la patronal, definiendo la estrategia sindical como compás de espera para ver si los famosos “brotes verdes” se conviertan en realidad des pues del verano. No obstante, la patronal teme que la situación no mejore en septiembre y critica la forma de negociar basada en la imposición. “Para los sindicatos es condición sinecuanun que FEMPA acepte el incremento salarial del 2% y la revisión retroactiva para continuar negociando y sólo si los empresarios aceptamos estas imposiciones se proseguiría el diálogo. No es la fórmula más correcta para llegar a un entendimiento. No estamos de acuerdo con esta estrategia de crispación y confrontación”.
La patronal FEMPA ve necesario introducir en el texto de convenio una autentica cláusula de descuelgue salarial que sea eficaz, permitiendo que en situaciones de crisis como la actual, y sólo de manera excepcional, pueda dejar de aplicarse el salario de convenio, tal y como recoge el Estatuto de los trabajadores, y siempre y cuando se den determinadas circunstancias.
Por otro lado, la cláusula de absorción y compensación es una facultad empresarial que reconoce expresamente el articulo 26.5 del Estatuto de los trabajadores, y que está recogido en multitud de convenios y que, sin embargo, no sólo no aparece reflejado en el texto del convenio del metal, si no más bien lo contrario, se niega de manera explícita.
En ningún momento se está planteando una restricción de los derechos de los trabajadores sino que incluso la patronal ha entrado a negociar su ampliación. “FEMPA nunca se ha negado a tratar en el convenio aspectos de la ley de igualdad y a la conciliación familiar, aspectos que sí han sido tratado durante las diferentes sesiones de negociación”.