Los programas generales de acción en materia de medio ambiente han orientado la evolución de la política medioambiental de la UE desde principios de la década de 1970. El sexto programa de acción en materia de medio ambiente de la UE (VI PMA) abarcó el periodo comprendido entre 2002 y 2012.
La propuesta del que será el VII PMA se enmarca en un cuádruple contexto. En primer lugar, a pesar de los avances realizados en algunos ámbitos, se considera persisten aún graves problemas medioambientales. En segundo lugar, la UE ha adoptado la Estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, que orienta la evolución política de aquí a 2020. En tercer lugar, aunque varios Estados miembros se enfrentan a graves problemas para superar la crisis económica, la necesidad de reformas estructurales que esa misma crisis impone abre nuevas oportunidades para que la UE avance rápidamente hacia una economía verde e integradora. Por último, el proceso de «Río+20» ha puesto de relieve la importancia de la dimensión global.
El Programa ofrece un marco general para la política medioambiental hasta 2020 y establece nueve objetivos prioritarios para la UE:
- Proteger, conservar y mejorar el capital natural de la UE
- Convertir a la UE en una economía hipocarbónica, eficiente en el uso de los recursos, ecológica y competitiva
- Proteger a los ciudadanos de la UE de las presiones y riesgos medioambientales para la salud y el bienestar
- Maximizar los beneficios de la legislación de medio ambiente de la UE
- Mejorar la base de información de la política de medio ambiente
- Asegurar inversiones para la política en materia de clima y medio ambiente y fijar correctamente los precios
- Intensificar la integración medioambiental y la coherencia entre políticas
- Aumentar la sostenibilidad de las ciudades de la UE
- Reforzar la eficacia de la UE a la hora de afrontar los desafíos ambientales a nivel regional y mundial
Descárguese la propuesta general del Programa
Objetivo prioritario nº 1: proteger, conservar y mejorar el capital natural de la UE
Medidas contempladas son:
- Aplicar plenamente la Estrategia sobre la Biodiversidad de la UE;
- Aplicar plenamente el Programa de salvaguardia de las aguas de Europa;
- Redoblar esfuerzos, entre otras cosas para asegurar la existencia, a más tardar en 2020, de unas poblaciones de peces saludables, empezando, en 2015, por no exceder en ninguna pesquería los niveles correspondientes a un rendimiento máximo sostenible y estableciendo a nivel de la UE una meta cuantitativa de reducción de los desechos marinos;
- Redoblar esfuerzos para cumplir íntegramente la legislación de la UE en materia de calidad del aire y establecer medidas y metas estratégicas para después de 2020;
- Redoblar esfuerzos para reducir la erosión e incrementar la materia orgánica del suelo, sanear lugares contaminados y reforzar la integración de las consideraciones sobre el uso de la tierra en un proceso decisorio coordinado entre todas las esferas gubernamentales pertinentes, con el apoyo de la adopción de metas relativas al suelo y la tierra como recurso y de objetivos de ordenación territorial;
- Adoptar medidas adicionales para reducir las emisiones de nitrógeno y fósforo, en particular las procedentes de las aguas residuales urbanas e industriales y del uso de fertilizantes;
- Desarrollar y aplicar una nueva Estrategia Forestal de la UE que responda a las numerosas demandas que se ejercen sobre los bosques, aborde los beneficios que estos aportan y contribuya a un planteamiento más estratégico respecto a la protección y mejora de los bosques.
Objetivo prioritario nº 2: convertir a la UE en una economía hipocarbónica, eficiente en el uso de los recursos, ecológica y competitiva
La iniciativa emblemática de la Estrategia Europa 2020 «Una Europa que utilice eficazmente los recursos» pretende respaldar la transición hacia una economía que sea eficiente en su modo de utilizar todos los recursos, que disocie completamente el crecimiento económico del uso de los recursos y de la energía y de sus impactos ambientales, que reduzca las emisiones de GEI, que refuerce la competitividad a través de la eficiencia y la innovación y que promueva una mayor seguridad energética. Las Hojas de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos y hacia una economía hipocarbónica competitiva son pilares esenciales de la iniciativa y establecen el marco para medidas futuras dirigidas a realizar esos objetivos.
Para que la UE pueda convertirse en una economía hipocarbónica, eficiente en el uso de los recursos, ecológica y competitiva, el Programa garantizará que, para 2020:
- La UE haya cumplido sus objetivos en materia de clima y energía para 2020 y esté trabajando para reducir para 2050 las emisiones de GEI en un 80-95 % en comparación con 1990, como parte del esfuerzo mundial para mantener el aumento medio de la temperatura por debajo de 2 ºC;
- Se haya reducido considerablemente el impacto ambiental global de las empresas y de la totalidad de los principales sectores industriales de la UE y haya aumentado su eficiencia en el uso de los recursos;
- Se haya reducido el impacto ambiental global de la producción y el consumo, en particular en los sectores de la alimentación, la vivienda y la movilidad;
- Los residuos se gestionen de forma segura como recurso, los residuos generados per cápita registren un descenso absoluto, la recuperación de energía se limite a los materiales no reciclables y hayan dejado de depositarse en vertederos los materiales compostables y reciclables;
- Se haya prevenido o reducido considerablemente la escasez de agua en la UE.
Para ello, medidas contempladas son:
- Aplicar íntegramente el paquete de medidas sobre clima y energía y acordar un marco a nivel de la UE sobre una política de clima y energía para después de 2020;
- Generalizar la aplicación de las «mejores técnicas disponibles» y redoblar esfuerzos para promover la adopción de las tecnologías, procesos y servicios innovadores que vayan surgiendo;
- Impulsar la investigación y los trabajos de innovación públicos y privados que sean necesarios para generalizar tecnologías, sistemas y modelos empresariales innovadores que aceleren la transición hacia una economía hipocarbónica y eficiente en el uso de los recursos y reduzcan los costes de ese proceso;
- Establecer un marco más coherente para una producción y un consumo sostenibles; revisar la legislación en materia de productos con objeto de mejorar el comportamiento medioambiental y la eficiencia de los productos en el uso de los recursos a lo largo de todo su ciclo de vida; fijar metas de reducción del impacto global del consumo;
- Ejecutar íntegramente la legislación de residuos de la UE; ello implica la aplicación de la jerarquía de residuos y el recurso efectivo a instrumentos y medidas de mercado que garanticen la supresión efectiva del depósito de residuos en vertederos, la limitación de la recuperación de energía a materiales no reciclables, el reciclado de residuos como fuente principal y fiable de materias primas para la UE, la gestión sin riesgos de los residuos peligrosos y la reducción del volumen generado, así como la eliminación de los traslados ilegales de residuos y de los obstáculos comerciales internos en la UE frente a las actividades de reciclado respetuosas del medio ambiente;
- Mejorar la eficiencia hídrica mediante el establecimiento de objetivos a nivel de cuencas hidrográficas y la utilización de mecanismos de mercado tales como la tarificación del agua.
Objetivo prioritario nº 3: proteger a los ciudadanos de la UE de las presiones y riesgos medioambientales para la salud y el bienestar.
Acciones contempladas en este objetivo prioritario son:
- Aplicar una política actualizada de la UE sobre calidad del aire, acorde con los conocimientos científicos más recientes, así como medidas de lucha contra la contaminación atmosférica en su origen;
- Aplicar una política actualizada de la UE sobre ruido, acorde con los conocimientos científicos más recientes, así como medidas de lucha contra el ruido en su origen;
- Impulsar la labor de aplicación de la Directiva de Agua Potable, especialmente en relación con los pequeños proveedores de ese recurso, y de la Directiva de Aguas de Baño;
- Desarrollar una estrategia de la UE para un entorno no tóxico, respaldada por una base exhaustiva de conocimientos sobre toxicidad y exposición a los productos químicos, que propicie la innovación en sustitutivos sostenibles;
- Acordar y aplicar una estrategia de adaptación al cambio climático a nivel de la UE, incluida la integración de las consideraciones en materia de adaptación y gestión del riesgo de catástrofes en sectores e iniciativas políticas clave de la UE.
Objetivo prioritario nº 4: maximizar los beneficios de la legislación de medio ambiente de la UE
Acciones contempladas en este objetivo prioritario son:
- Establecer sistemas a nivel nacional que difundan activamente información sobre cómo se está aplicando la legislación medioambiental de la UE, acompañados de cuadros con los resultados de cada Estado miembro;
- Celebrar acuerdos de asociación para la aplicación de la legislación entre la Comisión y los Estados miembros;
- Ampliar a todo el corpus de la legislación medioambiental de la UE los criterios que obligan a los Estados miembros a realizar inspecciones y vigilancia eficaces, y desarrollar una capacidad complementaria a nivel de la UE para actuar ante situaciones en las que haya motivos de preocupación justificados, con el respaldo de redes de profesionales;
- Establecer mecanismos coherentes y eficaces a nivel nacional para la tramitación de denuncias relacionadas con la aplicación de la legislación medioambiental de la UE;
- Garantizar que las disposiciones nacionales sobre acceso a la justicia reflejen la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y promover los procedimientos no judiciales de resolución de conflictos como medio para encontrar soluciones amistosas en conflictos sobre cuestiones de medio ambiente.
Objetivo prioritario nº 5: mejorar la base de información de la política de medio ambiente
Para mejorar la base de información de la política de medio ambiente, el Programa garantizará que, para 2020:
- Los responsables políticos y las empresas dispongan de una base más adecuada para desarrollar y aplicar las políticas de medio ambiente y clima, en particular para calcular costes y beneficios;
- Hayan mejorado considerablemente nuestros conocimientos y nuestra capacidad de evaluar y gestionar los nuevos riesgos climáticos y medioambientales;
- Se haya consolidado la interfaz ciencia-política en cuestiones de medio ambiente.
Acciones contempladas en este objetivo prioritario son:
- Coordinar y centrar los esfuerzos de investigación a nivel de la UE y los Estados miembros para colmar las principales lagunas en los conocimientos medioambientales, en particular respecto a los riesgos de puntos de inflexión ambientales;
- Aplicar un planteamiento sistemático a la gestión del riesgo;
- Simplificar, racionalizar y modernizar la recogida, la gestión y la puesta en común de datos e información sobre cambio climático y medio ambiente.
Objetivo prioritario nº 6: asegurar inversiones para la política en materia de clima y medio ambiente y fijar correctamente los precios
Acciones contempladas en este objetivo prioritario son:
- Suprimir progresivamente las subvenciones perjudiciales para el medio ambiente, intensificar la aplicación de instrumentos de mercado, en particular impuestos, tarifas y tasas, y ampliar los mercados de bienes y servicios ambientales, teniendo debidamente en cuenta cualquier impacto social negativo;
- Facilitar el acceso a fondos e instrumentos financieros innovadores a favor de la ecoinnovación;
- Reflejar convenientemente las prioridades ambientales y climáticas en las políticas de apoyo a la cohesión económica, social y territorial;
- Adoptar medidas específicas para garantizar el uso integral y eficiente de los fondos disponibles de la Unión para la actuación a favor del medio ambiente, en particular incrementando significativamente la utilización temprana de los fondos del marco financiero plurianual de la Unión para 2014-2020 y asignando el 20 % del presupuesto a medidas de adaptación y mitigación del cambio climático, por medio de la integración de la acción por el clima, y junto con unos criterios de referencia claros, el establecimiento de metas y la realización de actividades de seguimiento y notificación;
- Desarrollar y aplicar, antes de 2014, un sistema de notificación y seguimiento de los gastos relacionados con el medio ambiente en el presupuesto de la UE, especialmente en relación con el cambio climático y la biodiversidad;
- Integrar las consideraciones medioambientales y climáticas en el proceso del Semestre Europeo, cuando ello sea pertinente a efectos de las perspectivas de crecimiento sostenible de los Estados miembros y adecuado respecto a las recomendaciones específicas por países;
- Desarrollar y aplicar indicadores alternativos que vayan más allá del PIB y lo complementen y que permitan controlar si nuestro progreso es sostenible, así como proseguir la integración entre los indicadores económicos y los ambientales y sociales, incluida la contabilidad medioambiental.
Objetivo prioritario nº 7: intensificar la integración medioambiental y la coherencia entre políticas
Para intensificar la integración medioambiental y la coherencia entre políticas, el Programa garantizará que, para 2020, las políticas sectoriales de la UE y los Estados miembros se desarrollen y apliquen de tal forma que favorezcan la consecución de objetivos y metas pertinentes en materia de clima y medio ambiente.
A tal fin, es necesario, en particular:
- Integrar las condicionalidades e incentivos relacionados con el clima y el medio ambiente en una serie de iniciativas políticas, incluidas las reformas y revisiones de la política existente, así como en nuevas iniciativas, tanto a nivel de la Unión como de los Estados miembros;
- Realizar evaluaciones ex ante sistemáticas de los impactos ambientales, sociales y económicos de iniciativas políticas de la UE y los Estados miembros para garantizar su coherencia y eficacia.
Objetivo prioritario nº 8: aumentar la sostenibilidad de las ciudades de la UE
Para aumentar la sostenibilidad de las ciudades de la UE, el Programa garantizará que, para 2020, la mayoría de las ciudades de la UE estén aplicando políticas de ordenación y diseño sostenibles del espacio urbano.
A tal fin, es necesario, en particular:
- Determinar y acordar un conjunto de criterios para evaluar el comportamiento ambiental de las ciudades, teniendo en cuenta los impactos económicos y sociales;
- Garantizar que las ciudades dispongan de información sobre la financiación de medidas para mejorar la sostenibilidad urbana, y que tengan acceso a esos fondos.
Objetivo prioritario nº 9: reforzar la eficacia de la UE a la hora de afrontar los desafíos ambientales a nivel regional y mundial
Para reforzar la eficacia de la UE a la hora de afrontar los desafíos ambientales a nivel regional y mundial, el Programa garantizará que, para 2020:
a) se hayan integrado plenamente las conclusiones de la Cumbre «Río+20» en las políticas exteriores de la UE, y la Unión esté contribuyendo efectivamente a los esfuerzos mundiales por aplicar compromisos acordados, incluidos los contraídos en el marco de los Convenios de Río;
b) la UE esté apoyando efectivamente los esfuerzos nacionales, regionales e internacionales para resolver los problemas ambientales y climáticos y garantizar un desarrollo sostenible;
c) se haya reducido el impacto del consumo de la UE en el medio ambiente de fuera de sus fronteras.
A tal fin, es necesario, en particular:
- a) Trabajar en pos de la adopción de Metas de Desarrollo Sostenible que: a) se refieran a ámbitos prioritarios de los objetivos relativos a una economía verde e integradora y al desarrollo sostenible en general, en particular la energía, el agua, la seguridad alimentaria, los océanos y una producción y un consumo sostenibles, así como a cuestiones transversales como la equidad, la inclusión social, empleos dignos, el principio de legalidad y la buena gobernanza; b) sean de aplicación universal y cubran los tres ámbitos del desarrollo sostenible; c) se sometan a evaluación y vayan acompañados de metas e indicadores; y d) sean coherentes con el marco de desarrollo posterior a 2015 y estén integrados en él, y sirvan de apoyo para medidas en el campo del clima.
- b) Trabajar para conseguir una estructura más efectiva de las Naciones Unidas en relación con el desarrollo sostenible por medio de la consolidación del PNUMA en sintonía con las conclusiones de la Cumbre «Río+20», prosiguiendo, al mismo tiempo, los esfuerzos para que el PNUMA ascienda a la categoría de Agencia de las Naciones Unidas y apoyando los trabajos en curso para intensificar las sinergias entre los acuerdos multilaterales sobre medio ambiente.
- c) Potenciar el impacto de diferentes fuentes de financiación, en particular los impuestos y la movilización de los recursos internos, la inversión privada y otras fuentes nuevas e innovadoras, así como crear opciones respecto a la utilización de la ayuda al desarrollo para hacer uso de esas otras fuentes de financiación como parte de la estrategia de financiación del desarrollo sostenible establecida en Río, así como en las propias políticas de la UE.
- d) Establecer relaciones con países socios de una forma más estratégica. A tal fin, conviene centrar la cooperación: 1) con socios estratégicos, en la promoción de mejores prácticas en la política y legislación internas de medio ambiente y la convergencia en negociaciones multilaterales sobre medio ambiente; 2) con países integrados en la Política Europea de Vecindad, en la aproximación gradual con los principales actos legislativos de la UE en materia de clima y medio ambiente y en el fortalecimiento de la cooperación para resolver problemas ambientales y climáticos a nivel regional; 3) con países en desarrollo, en el apoyo de sus esfuerzos por proteger el medio ambiente, combatir el cambio climático y reducir las catástrofes naturales, y por cumplir compromisos ambientales internacionales como contribución a la reducción de la pobreza y al desarrollo sostenible.
- e) Participar en procesos multilaterales sobre cuestiones ambientales, en particular la CMNUCC, el CDB y los convenios sobre productos químicos, así como en otros foros pertinentes de una forma más coherente, proactiva y efectiva, con vistas a garantizar el cumplimiento a nivel mundial y de la UE de los compromisos para 2020 y acordar la actuación internacional para después de ese año.
- f) Ratificar mucho antes de 2020 todos los principales acuerdos multilaterales sobre medio ambiente.
- g) Evaluar el impacto ambiental en el mundo del consumo que hace la UE de alimentos y productos no alimentarios y las posibles respuestas que pueden darse a esos impactos.