La Ley 34/2014, de 26 de diciembre, sobre medidas en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social, aprueba el nuevo sistema de liquidación directa de cuotas de la Seguridad Social: CRETA. Las empresas recibirán notificación electrónica de la Seguridad Social indicando su incorporación a este nuevo sistema.
La principal novedad consiste en que será la Seguridad Social quien determinará la cotización correspondiente a cada trabajador, previa solicitud del sujeto del sujeto responsable. Se realizará por cada trabajador, en función de los datos disponibles en la base de datos única de TGSS, junto con los facilitados por la empresa relativos a afiliaciones o variaciones de datos que afecten a la liquidación.
– Muy importante: no incluirán en la liquidación de cuotas aquellos trabajadores que no estén de alta en el Seguridad Social durante el periodo a liquidar.
– Se deberán enviar por medios electrónicos los datos necesarios para realizar el cálculo, en caso de que hayan variado con respecto a la liquidación del mes anterior, teniendo de plazo hasta el penúltimo día natural del plazo reglamentario para el ingreso.
– Tesorería aplicará las deducciones que correspondan a los trabajadores, así como la compensación del importe de las prestaciones abonadas a aquellos en régimen de pago delegado con el de las cuotas debidas correspondientes al mismo periodo de liquidación.
– Si una vez presentada liquidación, se precisa rectificar los datos iniciales, se podrá realizar siempre y cuando sea posible efectuar una nueva liquidación de cuotas dentro de plazo reglamentario, salvo que la imposibilidad de liquidar en el plazo se deba a causas imputables a la Administracion.
Entrada en vigor
Tras la aprobación de esta Ley, se prevé que en un plazo de 3 meses el Gobierno desarrolle la normativa necesaria para regular el Sistema de Liquidación Directa.
La implantación del Sistema se realizará de forma progresiva. La Seguridad Social notificará al sujeto responsable de manera electrónica la resolución de ingreso a CRETA. Se establece un periodo de convivencia con el actual modelo de autoliquidación de cuotas, en el cuál, el sistema actual de autoliquidación será el de aplicación, hasta la total incorporación de las empresas.
Se prevé que para junio de 2015 todas las empresas estén notificadas y ya se trabaje de manera generalizada con CRETA.