La ponencia del Pacto de Toledo concluyó el 22 de diciembre un informe con las Recomendaciones sobre la reforma del sistema de pensiones. Las principales recomendaciones son las siguientes:
1) Edad legal de jubilación. No ha habido acuerdo para explicitar una cifra. No obstante, los comisionados consideran la prolongación de la vida laboral como un objetivo necesario y deseable. Para aumentar la edad real en la que los trabajadores abandonan el mercado de trabajo sugieren que el conjunto de medidas a adoptar “puede ser amplio”. Así plantean desde modificar el régimen jurídico de la jubilación anticipada para aquellos que, contando con largas carreras, opten voluntariamente por acogerse a este procedimiento.
2) Prolongación voluntaria. Los comisionados recomiendan que se incentive la prolongación voluntaria de la vida laboral más allá de la edad ordinaria de jubilación. Sugieren todo tipo de ventajas, desde fiscales a laborales. E incluso apuestan por mejorar el tope máximo, siempre a cambio de que el trabajador siga en activo. El incremento mensual de la pensión será proporcional al porcentaje adicional de cotizaciones efectuadas. El Pacto de Toledo también aconseja desarrollara el compromiso de bonificar, de manera más intensa en forma proporcional a la antigüedad, las cotizaciones de los ya contratados que tengan más de 55 años.
3) Prestaciones no contributivas. Las prestaciones no contributivas, de quienes no alcanzan los mínimos exigidos de cotización, deben correr totalmente a cargo de los Presupuestos del Estado. El Gobierno ha de asumir esta tarea con carácter prioritario y presentar al Congreso de los Diputados un calendario que incluya las proyecciones económicas adecuadas para hacer creíble su “inaplazable” ejecución.
4) Mantener el poder adquisitivo. La Seguridad Social solo debiera financiar los gastos correspondientes a la revalorización de las pensiones para el estricto mantenimiento del poder adquisitivo. Cuando la subida del IPC previsto sea superior a la trayectoria del IPC real, la mejora podría incorporarse definitivamente a la pensión o no. Si el Gobierno decide consolidar ese importe, tendrá que presentar un informe con los datos financieros que respaldan esa medida. Los comisionados introducen un elemento de reflexión: la posibilidad de utilizar, en vez del IPC, otros índices basados en el crecimiento de los salarios, la evolución de la economía o el comportamiento de las cotizaciones a la Seguridad Social.
5) Excedentes. Fondo de Reserva. Los excedentes de la Seguridad Social deben destinarse, sin límite alguno, a aumentar la dotación total del Fondo de Reserva del sistema.
6) Autónomos, becarios, hogar. La comisión recomienda extender la cotización a la Seguridad Social a los becarios de postgrado y a cuantos trabajadores desempeñan periódicamente sus tareas al servicio del hogar. También aconseja avanzar en la equiparación de los derechos de los autónomos con el régimen general, promoviendo medidas que aproximen sus bases de cotización a los ingresos percibidos.
7) Carreras y cotizaciones. Se considera necesario ajustar la relación entre el salario real y las bases de cotización y, de forma paralela, mejorar las prestaciones que se reciban. Aconseja elevar tanto el tope máximo de cotización como la pensión máxima, de manera que aumenten en paralelo los ingresos y los gastos del sistema. Plantea que, por ley y previo estudio de sus consecuencias financieras, “se puedan reconocer determinadas situaciones y supuestos en el procedimiento de cálculo de la pensión”, tanto para añadir como para recortar periodos o bases de cálculo.
8) Cálculo de pensión. Defienden los comisionados que el cálculo de la pensión se modifique para aplicar a los años cotizados un mismo porcentaje. Advierten que el actual sistema perjudica a los trabajadores de mayor edad porque, a partir de los 15 años de mínimo exigido, se toma en cuenta un porcentaje del 3% de la base reguladora entre los 15 y 25 años, y del 2% desde los 25 años en adelante.
9) Lucha contra el fraude. Defienden los comisionados un mayor incremento de los mecanismos de control y seguimiento de las prestaciones de incapacidad temporal de invalidez, a fin de evitar el absentismo injustificado y su uso fraudulento como alternativa al desempleo o la jubilación. Con este propósito, aconseja volcar la inspección en los procesos de duración inferior a 15 días. Reconoce que suponen una carga notable al ser sufragados con cargo a la empresa.
10) Sistemas complementarios. La Comisión recomienda dotar de estabilidad y garantizar la neutralidad del actual sistema de previsión social complementaria, regular el seguro de dependencia de carácter privado y potenciar este tipo de procedimientos en el marco de la negociación colectiva.