Tal y como FEMPA dio a conocer el apsado mes de mayo el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley 5/2011 de medidas para la regularización y control del empleo sumergido (BOE de 6 de mayo) , con el que se busca combatir el afloramiento del mercado los trabajadores sumergidos o no declarados, así como reprimir la competencia desleal que suponen estas situaciones para las empresas que actúan dentro del marco de la legalidad. El plan incluye el endurecimiento de las sanciones y el aumento del control de estas situaciones por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
La medida más importante que contempla este Real Decreto es la apertura de un proceso de regularización voluntaria del empleo no declarados de trabajadores, teniendo su fecha de fin 31 de julio de 2011. Durante ese período, las empresas podrán proceder voluntariamente a comunicar el alta en la Seguridad Social de los trabajadores en situación irregular sin sufrir ningún tipo de sanción, y con la posibilidad de pago aplazado de las cuotas resultantes.
Agotado este plazo, la norma prevé un endurecimiento de las sanciones administrativas relacionadas con estas conductas fraudulentas de empleo irregular o sumergido, que a continuación detallamos:
Infracción |
Sanciones actuales | Sanciones a partir 1 de julio | ||
Incumplir la obligación de afilición y alta a la Seguridad social | De 626 a 6.250 euros | De 3.126 a 10.000 euros | ||
Compatibilizar el trabjo con el cobro de prestaciones de desempleo y otras de Seguridad Social incompatibles |
De 6.251 a 187.515 euros | De 10.001 a 187.515 euros |
Finalmente, el plan establece la intensificación por parte de
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