Tal y como les venimos informando a través de nuestros boletines digitales, ya ha entrado en vigor la Orden (ESS/485/2013, de 26 de marzo) que regula las notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos en el ámbito de la Seguridad Social”. Tal como se indica en la citada Orden, “quedarán inicialmente obligados a comparecer en la SEDESS, a efectos de recibir las notificaciones y comunicaciones que les dirija la Administración de la Seguridad Social, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se les notifique la resolución sobre su inclusión en el sistema de notificación electrónica”. En esta orden se remarca en el artículo 9 apartado 2 “La identificación de los interesados necesariamente se realizará mediante certificado electrónico que garantice la identidad del usuario, la integridad de los documentos electrónicos y el no repudio de los mismos”.
Desde 2011, las empresas asociadas pueden obtener gratuitamente su firma electrónica a través del servicio de certificación de FEMPA que permite garantizar técnica y legalmente la identidad de una persona en Internet. Este certificado electrónico lo le ahorrará tiempo y dinero al realizar trámites administrativos en Internet, a cualquier hora y desde cualquier lugar.
Si aún no dispone de su firma electrónica, pongase en contacto con el área de Atención al Asociado (965150300) o gestiónala a través de comercial@fempa.es.
Les recordamos otros trámites y compromisos empresariales para los que la firma electrónica será de gran utilidad:
Registro mercantil hasta el 30 de abril: La legalización de libros en el registro mercantil (certificado de representante o de pertenecía a entidad).
Con la Agencia Tributaria hasta el 22 de abril:
– Liquidación mensual/trimestral del IVA
– Ingresos a cuenta del impuesto de sociedades
– Retención de profesionales y trabajadores
– Retenciones de alquileres
– Notificaciones telemáticas, etc.