El DOCV ha publicado la Ley de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Comercial y la Eliminación de Cargas Administrativas, impulsada por la Consellería de Economía, Industria y Comercio, con la que el Consell agiliza la apertura de nuevos establecimientos comerciales en la Comunitat Valenciana.Para más información, descarguese la publicación de la Ley 6/2012, de 24 de octubre, de la Generalitat, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Comercial y la Eliminación de Cargas administrativas.
La directora general de Comercio y Consumo, Silvia Ordiñaga, ha destacado que aprobación de esta ley “se enmarca dentro de la política de simplificación normativa que está llevando a cabo el Consell con el fin de de crear un entorno favorable para las empresas, mediante la reducción al mínimo de las cargas y la adaptación a las necesidades de las PYME y las microempresas”.
“En este sentido, -ha señalado- el objetivo de esta ley es eliminar cargas administrativas y agilizar los procedimientos para los emprendedores, lo que facilitará la apertura de nuevos comercios y permitirá el inicio de la actividad de forma inmediata, dinamizando así este sector”.
Para ello, se incorpora un nuevo procedimiento general para el inicio y el ejercicio de la actividad comercial basado en los trámites de comunicación previa o declaración responsable, que habilita la posibilidad de iniciar el ejercicio de la actividad comercial de forma automática.
De esta forma se elimina el requisito de la obtención previa de las licencias municipales, a excepción de aquellos casos en que ésta se mantiene por razones de interés general.
También se suprime el Registro de Actividades Comerciales, lo que supone la desaparición del trámite preceptivo de inscripción por parte del comerciante con la consiguiente reducción de las cargas administrativas.
Simplificación trámites para comercios con impacto territorial
Por otra parte, se modifica los criterios para autorizar la implantación, la ampliación y la modificación sustancial de establecimientos comerciales de impacto territorial.
En esta línea no será necesario contar con la autorización de reparcelación aprobada y bastará con verificar que el proyecto se ajusta a los instrumentos del planteamiento urbanístico correspondiente, al Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio (PATSECOVA) y a la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana.
Asimismo, estarán exentas de obtener autorización previa de la Generalitat la apertura de establecimientos individuales que se integren en centros comerciales o parques comerciales que ya cuenten con autorización para el conjunto, aun en el caso de que tengan una superficie de venta superior a los 2.500 metros cuadrados.
Tampoco los establecimientos mayoristas, cuya actividad se dirige exclusivamente a los profesionales, tendrán que contar con esta autorización, independientemente de su tamaño.
El plazo de tramitación y resolución del procedimiento para la obtención de la autorización autonómica por parte de los proyectos de establecimientos comerciales con impacto territorial se reduce de seis a tres meses.