El viernes día 6 de junio, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo sistema de retribución para las instalaciones productoras de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, de cogeneración y de residuos. La nueva normativa, que sustituye al anterior sistema de primas, forma parte de la profunda reforma emprendida por el Gobierno para equilibrar el sistema eléctrico, impidiendo que se vuelvan a generar nuevos déficits y dando estabilidad regulatoria y certidumbre a los inversores.
Desde el año 1998 hasta el año 2013 las instalaciones renovables, de cogeneración y residuos, han percibido más de 56.000 millones de euros en primas, adicionales a lo que estas instalaciones han percibido por su participación en el mercado. Estas subvenciones, que forman parte de los costes del sistema y, por tanto, se financian con el recibo de la luz, se dispararon en más de un 800 % desde el año 2005, alcanzando en 2013 más de 9.000 millones de euros, el mayor coste regulado para el sistema eléctrico.
Dado el elevado déficit de tarifa acumulado y el abultado ritmo de generación anual de nuevos déficits, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo emprendió una amplia reforma del sistema en la que se ha buscado tanto aumentar los ingresos como reducir los costes del sistema, con el mínimo impacto para el consumidor.
La nueva normativa regirá el apoyo que percibirán las instalaciones renovables, de cogeneración y residuos, y se aplicará, tanto a aquellas que están ya en funcionamiento, como a las que se incorporen a futuro.
Estabilidad financiera
El nuevo esquema retributivo garantiza la estabilidad financiera del sistema eléctrico con carácter definitivo, al tiempo que otorga una rentabilidad razonable a las instalaciones a lo largo de toda la vida útil del proyecto, que actualmente se ha fijado en el entorno del 7,5 % para cada instalación tipo.
Además, busca establecer un marco regulatorio transparente, estable y con reglas claras de revisión de los parámetros retributivos, que introduzca certidumbre en el sector y proporcione confianza a los inversores.
El Real Decreto aprobado hoy desarrolla los principios ya introducidos en la nueva Ley del Sector Eléctrico y se complementará con una orden de parámetros retributivos que fijará la retribución específica para cada instalación tipo.
Novedades
En el ámbito de aplicación de la norma están incluidas todas las instalaciones renovables, de cogeneración y residuos con independencia de su potencia instalada. Se elimina, por tanto, la anterior separación entre el régimen especial y el régimen ordinario.
Sólo percibirán retribución regulada, denominada “retribución específica”, aquellas instalaciones para las que el precio del mercado no sea suficiente para alcanzar la rentabilidad razonable ligada al nivel de riesgo de la actividad y tomando como referencia una empresa eficiente y bien gestionada.
La novedad principal radica en que se abandona la retribución puramente variable que se ha utilizado hasta la fecha (primas y tarifas reguladas), por un esquema similar al de otras actividades reguladas y que refleja más fielmente la estructura real de costes de la actividad, donde algunos son fijos (inversión, operación y mantenimiento fijos) y otros puramente variables (combustible, operación y mantenimiento variables).
Instalaciones
El nuevo régimen retributivo será de aplicación, tanto a las instalaciones existentes, como a las nuevas.
Para las nuevas instalaciones, el otorgamiento del régimen retributivo específico se establecerá mediante procedimientos de concurrencia competitiva que se ajustarán a los principios de transparencia, objetividad y no discriminación. Por Real Decreto se fijarán las tecnologías concretas que podrán participar en dicho mecanismo de concurrencia competitiva y, por Orden Ministerial, se fijarán posteriormente los parámetros retributivos correspondientes a las instalaciones tipo.
Las instalaciones existentes que tuvieran reconocido un régimen económico primado percibirán también este nuevo régimen retributivo específico.
Territorios no peninsulares
En los territorios no peninsulares, donde el coste de generación convencional es mucho más elevado que en el sistema eléctrico peninsular, hasta el punto de que resulta inferior el coste de generación de las tecnologías fotovoltaica y eólica al de las tecnologías térmicas convencionales, se establece un incentivo a la inversión por reducción de los costes de generación (retribución adicional).
Revisiones
La normativa establece también las condiciones para la revisión de los diferentes parámetros retributivos. Estos únicamente podrán modificarse, según el caso, cada seis años, cada tres o de forma anual. El valor estándar de la inversión inicial y la vida útil regulatoria permanecerán invariables una vez reconocidos a cada instalación tipo.
Se crea un registro de régimen retributivo específico que servirá como herramienta para el otorgamiento y adecuado seguimiento de dicho régimen retributivo.
Descenso de las retribuciones
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia estima que la aplicación de los nuevos parámetros retributivos puede suponer un descenso de, aproximadamente, 1.700 millones de euros de la retribución específica percibida en 2014 por el conjunto de las instalaciones renovables, de cogeneración y residuos.
Con el nuevo sistema, las instalaciones percibirán hasta el fin de su vida útil en torno a 140.000 millones de euros de retribución adicional a los ingresos que obtengan por la venta de su energía en el mercado.