El nuevo Código Penal, que entró en vigor el 22 de diciembre de 2010, introduce el concepto de criminalidad empresarial y el reconocimiento de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en determinados delitos, lo que motiva que las empresas deban adoptar ciertos mecanismos internos de prevención de aquellas conductas que puedan suponer consecuencias penales para la entidad.
La responsabilidad penal de las personas jurídicas se aplica en dos ámbitos. Las empresas responden penalmente, por un lado, de los delitos cometidos por las personas físicas que ejerzan cargos de dirección y, por otra parte, de los cometidos por cualquier otra persona dentro del seno de la propia empresa, cuando los responsables empresariales no hayan ejercido sobre ellos el debido control.
El nuevo Código Penal pretende combatir la corrupción empresarial y la denominada conducta del “cebado de directivos” para que la reiteración de dádivas no impida el ejercicio del libre mercado y de la leal competencia.
Por ello, las empresas deberán hacer frente a la responsabilidad penal cuando se cometan, entre otros, delitos de estafa, cohecho, cohecho privado, delitos contra la Hacienda Pública, la Seguridad Social, el medio ambiente, urbanísticos o blanqueo de capitales.
En función de la gravedad de los delitos, se podrán imponer a la empresa penas de multas, la suspensión de la actividad de la misma, la clausura temporal de sus locales y establecimientos, su inhabilitación para obtener subvenciones o ayudas públicas o para contratar con las Administraciones Públicas y gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social, su intervención judicial y, en los casos de extrema gravedad, se podrá decretar la disolución de la empresa.
El nuevo Código Penal establece que las empresas deberán diseñar sistemas de control que detecten y prevengan las conductas delictivas. Estos sistemas servirán para prevenir posibles descuidos por parte de los administradores, dar una rápida respuesta en la investigación de denuncias, contemplar las posibles repercusiones legales, en función de la actividad de la empresa, además de garantizar la exención de responsabilidades de los directivos y gerentes que haya adoptado las medidas del Plan Preventivo de Responsabilidad Penal.
Por ello FEMPA ha programado para el próximo 27 de junio, lunes un seminario intensivo y práctico de 8 horas, dirigido a los gerentes y directivos de las empresas del metal y a profesionales del derecho.
En el seminario se hará entrega de importante y valiosa documentación relacionada con la responsabilidad penal, además de aprender a realizar un esquema del Plan Preventivo de la propia empresa.
El seminario será impartido por Carlos Saiz, socio y abogado penal de Gomez Acebo & Pombo, experto en la materia (Curriculum Carlos Saiz)
09:00 horas |
Entrega de documentación y presentación |
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09:15 horas |
Presentación
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09:30 horas |
Plan Preventivo: Responsabilidad Penal de las Empresas. SESIÓN I |
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Alcance y limites de la responsabilidad de las sociedades mercantiles. |
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11:00 horas |
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11:30 horas | SESIÓN II | |
El programa de prevención de riesgos penales: como ponerlo en práctica. Análisis de los riesgos de cada empresa. Reglamentos y códigos de conducta. Planes de formación para directivos y empleados. Necesidad de permanente actualización. |
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14:00 horas | Almuerzo | |
15:30 horas | Práctica. SESIÓN III | |
Durante esta sesión, los asistentes podrán realizar el esquema básico para la elaboración del Plan preventivo de Responsabilidad Penal y asi poder responder eficazmente a posibles conductas constitutivas de delito. |
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18:30 Horas | Cierre y entrega de diplomas |
COD |
CURSO |
HORAS |
LOCALIDAD |
INICIO |
HORARIO |
PRECIO* |
INSCRIPCIÓN |
25.1 | Plan preventivo: Responsabilidad penal de las empresas | 8 Pres. | Alicante | 27/06/2011 27/06/2011 | X 09:00 a 14:00 15:30 a 18:30 |
Asociado 250 € |
* Cafe y almuerzo incluidos
Descárguese Díptico Informativo
Objetivos
- Conocer la introducción en el nuevo código Penal del reconocimiento de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en determinados delitos.
- Diseñar sistemas de control y prevención que detecten y prevengan las conductas delictivas.
- Adquirir conocimientos sobre los principales tipos delictivos que pueden darse en el ámbito de la empresa, así como sobre la prevención de responsabilidades penales y la evaluación los riesgos específicos de cada empresa.
- Conocer y realizar el esquema básico para la elaboración del Plan preventivo de Responsabilidad Penal para que cada empresa participante sea capaz de responder eficazmente a posibles conductas constitutivas de delito.
Contenidos
1. Conceptos
Sujetos responsables
Circunstancias atenuantes
Penas aplicables a las personas jurídicas
Breve descripcion de los tipos delictivos (delito informático, delito contra el medio ambiente, x etc…)
2. Programación de prevención de delitos penales
Primera fase: evaluación de riesgos
Segunda fase: elaboración de reglamentos de prevención y medidas adicionales
Tercera fase: actuaciones de seguimiento y control del programa
SISTEMA DE BONIFICACIONES
¿Qué es? Toda empresa dispone de un crédito anual en formación para formar a sus trabajadores a través de bonificaciones en sus cotizaciones a la Seguridad Social.
¿Quién puede beneficiarse? Los trabajadores en régimen general de todas aquellas empresas que tengan centros de trabajo ubicados en el territorio nacional, independientemente de su tamaño.
¿Cómo? FEMPA ofrece la posibilidad de participar en su Agrupación de Empresas para la Formación Continua, de forma sencilla, para poder recuperar su crédito anual de formación. Para solicitarlo, fomacion@fempa.es
¿Por qué FEMPA? Por su amplia experiencia en FORMACIÓN, así como en la puesta en marcha y gestión de agrupaciones de empresas.
Más información sobre el Sistema de Bonificaciones