El Consejo de Ministros ha recibido un informe del Ministerio de Industria, Energía y Turismo sobre la puesta en marcha, del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE), cuyo objetivo es la sustitución de 75.000 vehículos, turismos y comerciales ligeros, con más de doce años y diez años de antigüedad respectivamente, por modelos de alta eficiencia energética, de menor consumo de combustibles y emisiones de CO2.
La renovación del parque de vehículos constituye una de las principales herramientas de promoción de la eficiencia energética en el transporte y la incorporación al mismo de nuevos modelos, con tecnologías más eficientes, permite reducir el consumo específico del transporte de viajeros y mercancías, con el efecto añadido de reducir los impactos medioambientales y mejorar la seguridad.
Se estima que el ahorro energético asociado al Programa PIVE, dotado con unos fondos de 75 millones de euros y vigente desde el 1 de octubre de 2012, y hasta el 31 de marzo de 2013 o agotamiento de los fondos, asciende a 26,1 millones de litros de combustible/ año. Ello significa, en términos económicos y al precio actual del barril, un ahorro de dieciséis millones de euros/año, a lo que hay que añadir una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de 54.000 toneladas/año de CO2.
El transporte, principal consumidor de energía final
El sector del transporte en España es el principal consumidor de energía final (37,4 por 100 en 2010), así como el principal emisor de gases de efecto invernadero (29,5 por 100 del total en el mismo año), enfrentándose a un importante reto en los próximos años para conseguir que nuestro país cumpla con los compromisos internacionales en cuanto a sostenibilidad ambiental y limpieza de aire en las ciudades.
El sector se caracteriza, además, por tener una estructura de consumo dominada por productos petrolíferos importados prácticamente en su totalidad, lo que contribuye a la elevada dependencia energética de España del exterior, próxima al 80 por 100, muy superior a la media europea que es del 54 por 100, con los consecuentes efectos en el déficit exterior y en la inflación.
Por otro lado, la considerable caída de ventas de vehículos registrada en España en los últimos años ha provocado un envejecimiento del parque de vehículos de nuestro país que implica que sea menos eficiente y segura y, por tanto, más costosa.
Beneficiarios y cuantía de la ayuda
Pueden ser beneficiarios de la ayudas, particulares, profesionales, autónomos, microempresas y pymes.
El beneficiario las obtendrá directamente, mediante el descuento correspondiente en el punto de adquisición del nuevo vehículo, es decir en los concesionarios, que previamente se han tenido que adherir a este Programa mediante un procedimiento regulado y publicado en la página web www.idae.es. Los ciudadanos podrán consultar el listado de establecimientos adheridos en esa misma página.
La cuantía de la ayuda pública aportada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo es de mil euros por vehículo. A esos mil euros se suma el descuento que ha de aplicar el fabricante o importador del nuevo vehículo incentivable en la factura de compraventa y que será, como mínimo, de mil euros.
La cuantía del descuento para el beneficiario será, por tanto, de dos mil euros como mínimo.
Esta ayuda es compatible con otras vigentes siempre y cuando éstas provengan de fondos propios de las Comunidades Autónomas y de fondos europeos.
Requisitos para acogerse a las ayudas
Los vehículos susceptibles de acogerse al programa podrán ser nuevos o de antigüedad no superior a un año desde su primera matriculación, deberán cumplir los siguientes requisitos:
Vehículos de turismo (categoría M1):
Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida (propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos), que a la fecha de solicitud de la ayuda se encuentren clasificados como clase A o B en la “Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos” según recoge el Real Decreto 837/2002 y la Directiva 1999/94/CE de etiquetado de turismos.
Eléctricos puros.
Propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos (autogás -GLP- y Gas Natural) que figuren en la Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos, y además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).
Vehículos comerciales ligeros (categoría N1):
Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida propulsados total o parcialmente por medio de motores de combustión interna de gasolina, gasóleo, GLP y Gas Natural que, además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).
Eléctricos puros.
Es requisito necesario dar de baja definitiva en Tráfico, mediante certificado de achatarramiento/destrucción por parte del centro autorizado al efecto, cualquier vehículo de categoría M1 o N1 propiedad del beneficiario, con una antigüedad mínima de doce años (M1) / diez años (N1) desde su primera matriculación.
El precio de los vehículos adquiridos, antes de IVA, no puede ser superior a los 25.000 euros, excepto para los vehículos eléctricos, híbridos enchufables y de autonomía extendida.
Más información en www.minetur.es y www.idae.es