Recursos disponibles
Esta Línea pone a disposición de los autónomos y las PYME 10.000 millones de euros.
Vigencia
Hasta el 21 de diciembre de 2009 o hasta el consumo de los fondos disponibles, si ése fuese anterior a la fecha indicada
Clientes
Autónomos y pequeñas y medianas empresas, que según definición adoptada por la Comisión Europea en mayo de 2003, cumplan los siguientes requisitos:
- Menos de 250 empleados.
- Volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros y/o cifra de balance general no superior a 43 millones de euros.
- No participar o estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan los requisitos anteriores.
Inversiones financiables
Inversión productiva en activos fijos nuevos y financiación complementaria del cliente.
Se financia hasta el 100% del proyecto de inversión, con las limitaciones y condiciones siguientes:
- La financiación complementaria está ligada a la financiación en activos fijos y no a la inversa.
- La financiación en activos fijos debe representar, como mínimo, el 60% del total de la financiación.
- Las inversiones financiables en activos fijos no podrán tener una antigüedad superior a 6 meses a la fecha de firma del contrato de financiación, y deberán ejecutarse en el plazo máximo de 1 año desde la firma.
En caso de solicitarse financiación de activos fijos y financiación complementaria, se firmarán dos contratos de financiación en la misma fecha y con la misma Entidad de Crédito.
Importe máximo de financiación por cliente
1,5 millones de euros por cliente y año, ya sea en una operación o en varias.
Tipo de interés
A.- Financiación de activos fijos productivos:
Para operaciones con Aval SGR:
Fijo. Referencia ICO, más hasta 0,95%.
Variable. Referencia ICO, más hasta 0,95%.
Para operaciones sin Aval SGR:
Fijo. Referencia ICO, más hasta 1,20%.
Variable. Referencia ICO, más hasta 1,20%.
B.- Financiación complementaria:
Para operaciones con Aval SGR:
Fijo. Referencia ICO, más hasta 1,24%.
Variable. Referencia ICO, más hasta 1,24%.
Para operaciones sin Aval SGR
Fijo. Referencia ICO, más hasta 1,49%.
Variable. Referencia ICO, más hasta 1,49%.
Plazos de amortización
El cliente puede elegir entre:
A.- Financiación de activos fijos productivos:
3 años sin carencia.
5 años sin carencia o con un período de carencia del principal de 1 año.
7 años sin carencia o con un período de carencia del principal de 2 años.
10 años sin carencia o con un período de carencia del principal de 3 años. ç
B.- Financiación complementaria
3 años sin carencia del principal
Comisiones
El tipo de interés que el ICO comunica es TAE y la Entidades de Crédito no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de comisiones, tales como apertura, estudio o de disponibilidad.
Modalidad del contrato
Préstamo o leasing para la financiación en activos fijos y préstamo para la financiación complementaria.
Cancelación anticipada voluntaria
El cliente podrá efectuar, con acuerdo de la entidad de crédito, la cancelación anticipada total o parcial de la operación de préstamo/leasing, en las condiciones siguientes:
Tipo variable: no se imputará penalización.
Tipo fijo: el cliente deberá pagar:
1.- Para operaciones con garantía hipotecaria:
– 0,50% flat sobre el importe cancelado, si la cancelación se produce durante los 5 primeros años.
– 0,25% flat sobre el importe cancelado, si la cancelación se produce a partir del quinto año.
2.- Resto operaciones a tipo fijo:
– 1% flat sobre el importe cancelado.
En todos los casos, si la amortización anticipada se produce durante los dos primeros años de la financiación, se aplicará una comisión en función del momento de la cancelación.
Tramitación
Directamente en las oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones indicadas.
Documentación y garantías de la operación
El empresario presentará la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación. La Entidad de Crédito analiza la solicitud de la operación y, en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión, determina las garantías a aportar, que pueden ser por ejemplo: hipotecarias, personales, avales mancomunados o solidarios, Sociedades de Garantía Recíproca, etc.
Formulario de solicitud, pulse aquí