Las prescripciones prevista por la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en su Reglamento son de aplicación a todos los talleres desde el momento en que estos manejan datos de carácter personal (de clientes, de proveedores, de trabajadores…).
Entre las obligaciones que tal legislación contempla está la de recabar la autorización del cliente a la hora de ceder sus datos al taller y que éste pueda incorporarlos a sus ficharos de datos.
Los principales documentos a través de los cuales el taller toma y recoge datos de sus clientes son el resguardo de depósito y el presupuesto. Por lo tanto, en ambos documentos debe figurar una cláusula específica de consentimiento al tratamiento de datos. Caso de que los documentos que el taller utilice habitualmente aun no incluya una cláusula de este tipo, cabe la posibilidad de recabar la firma del cliente en un documento a parte que de manera específica recoja la autorización.
A continuación reproducimos dos cláusulas tipo para ambos documentos:
Cláusula a incluir en el Resguardo de depósito
Mediante la cumplimentación y suscripción del presente resguardo de depósito, el cliente presta su consentimiento al tratamiento automatizado de los datos incluidos en el mismo. Todos los datos contenidos en el presente resguardo de depósito serán utilizados de la forma y con las limitaciones y derechos que concede la Ley Orgánica 15/99, del 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).
Cláusula a incluir en el Presupuesto
Mediante la cumplimentación y suscripción del presente presupuesto, el cliente presta su consentimiento al tratamiento automatizado de los datos incluidos en el mismo. Todos los datos contenidos en el presente presupuesto serán utilizados de la forma y con las limitaciones y derechos que concede la Ley Orgánica 15/99, del 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).