Por Luis Berenguer, LB&A Abogados
Desde el pasado 1 de junio entró en vigor una nueva normativa en materia de distribución y reparación de vehículos a motor: el Reglamento (UE) 461/2010, de 27 de mayo de 2010, relativo a la aplicación del artículo 101.3 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a determinadas categorías de acuerdos verticales y prácticas concertadas en el sector de los vehículos de motor. Este Reglamento es el último capítulo de una larga trayectoria legislativa de la Comisión Europea en materia de acuerdos relativos a operaciones con vehículos a motor. El primer paso se dio con el Reglamento (CE) 67/67 y el penúltimo escalón se subió en el año 2002 con la promulgación del Reglamento (CE) 1400/2002, partes de cuyo contenido aún siguen en vigor en la actualidad.
Las implicaciones jurídicas del Reglamento que acaba de entrar en vigor son numerosas, tanto desde el campo general del Derecho de la Competencia y de los contratos de distribución como desde el particular de las relaciones entre fabricantes de vehículos y concesionarios, talleres de reparación y distribuidores de piezas de recambio autorizados, que es, en concreto, el objeto del Reglamento 461/2010.
En suma, el actual marco legal diferencia entre dos mercados distintos, el de la compra, venta y reventa de vehículos y el de servicios de postventa (reparación y mantenimiento de vehículos y mercado de piezas de recambio). Respecto del primero, se va a mantener, hasta el 31 de mayo de 2013, el régimen establecido en el Reglamento (CE) 1400/202.
Las novedades, por tanto, abarcan el régimen contractual de las reparaciones de vehículos y de compraventa de piezas de recambio. Este tipo de contratos serán válidos aunque supongan una práctica anticoncurrencial siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento. Por ello se hace especialmente importante el estudio de los acuerdos entre fabricantes y talleres de reparación al objeto de valorar su legalidad y consiguiente viabilidad jurídica.
En todo caso, como señaló el Comisario de Competencia, Joaquín Almunia, lo que se pretende es optimizar el mercado y abaratar el precio final ya que “el nuevo marco reportará ventajas perceptibles para los consumidores, al reducir los gastos de reparación y mantenimiento, que representan una parte excesiva del coste total de un vehículo a lo largo de su vida. También reducirá los costes de distribución gracias a la eliminación de las normas demasiado restrictivas.”
Estos y otros aspectos de interés para el sector serán abordados en profundidad en la V Jornada Provincial de Automoción a la que en nombre de la organización quiero invitarles.
Más información sobre la V jornada provincial de automoción que se celebrará el próximo 15 de julio de 2010 en FEMPA, pulse aquí