El Consejo de Ministros ha acordado desestimar el requerimiento presentado por la Comisión Nacional de Competencia contra la obligatoriedad, para las empresas distribuidoras de energía eléctrica, de enviar a los solicitantes de nuevos puntos de suministro, o de ampliación de los existentes un presupuesto para las obras o instalaciones de nueva extensión de la red, junto al correspondiente pliego con las condiciones técnicas exigidas.
El requerimiento de la Comisión Nacional de Competencia se sustentaba en que, en opinión de este organismo regulador, la obligación de la distribuidora de presentar un presupuesto al usuario otorga una indebida e injustificada ventaja competitiva a las empresas distribuidoras, reduce el incentivo de los instaladores a competir contra el distribuidor y produce una segmentación del mercado nacional según las áreas de influencia de los distintos distribuidores.
En el Acuerdo aprobado hoy el Consejo de Ministros desestima la solicitud de la Comisión Nacional de la Competencia al considerar que la disposición cuestionada no introduce restricciones a la competencia y que un Real Decreto de 14 de noviembre de 2011 (en concreto su disposición final cuarta, cuyo texto es el motivo del requerimiento), no incurre en vicio jurídico o de tramitación del que pudiera derivarse su nulidad. Entre otras razones, según el Acuerdo, la obligación de la distribuidora de entregar un presupuesto a los clientes de su zona que deseen realizar estas instalaciones introduce un elemento de publicidad y conocimiento del mercado, que se traducirá en la más fácil penetración de las otras distribuidoras asentadas en otras zonas geográficas.