La Tesorería General de la Seguridad Social en cumplimiento de su compromiso de ofrecer una mayor calidad en los servicios a los empresarios, tiene un doble objetivo: por un lado, ampliar las funcionalidades que ofrece el Sistema Red, y en concreto, la de generalizar el cálculo de las modalidades de pago para todas las liquidaciones que se transmiten a través del mismo, por otro, facilitar a los usuarios del Sistema Red la máxima información posible relativa a las deudas de las empresas por ellos gestionadas, y posibilitar el ingreso de las mismas sin necesidad de acudir a las Administraciones de la Seguridad Social para obtener un documento de ingreso.
Por todo ello, con fecha 18 de enero, se van a incorporar en el Sistema Red nuevos servicios que proporcionarán a los usuarios información sobre la deuda existente así como los documentos para su ingreso, en función de la fase en la que se encuentre la liquidación que se pretende ingresar.
Un primer servicio permitirá gestionar la solicitud de ingreso de los recibos de liquidación con recargo por ingreso fuera de plazo correspondientes a liquidaciones presentadas en recaudaciones cuya deuda aún no haya sido generada. De esta forma las empresas se evitarán la confección del TC1 que, hasta ahora, debían recalcular sin bonificaciones y con el recargo correspondiente.
A partir del momento en que la deuda se encuentre cargada en el Fichero General de Recaudación, otro servicio permitirá la obtención del Documento de Deuda para su ingreso en la entidad financiera, suprimiendo la necesidad de acudir a las Administraciones de la Seguridad Social o a las Unidades de Recaudación Ejecutiva para obtener dicho documento.
En atención a estas circunstancias, y con el fin de asegurarse el cumplimiento de lo establecido en el art. 30.1.a) de la Orden TIN/2777/2010, de 29 de octubre, se han dado instrucciones a las entidades financieras para que, con carácter general, a partir de la recaudación de enero de 2011, no admitan liquidaciones con recargo cumplimentadas en TC1 papel, salvo aquellas que deban venir autorizadas por las direcciones provinciales de la TGSS por tratarse de casos que, por motivos muy concretos, todavía el Sistema Red no está en condiciones de calcular.
Asimismo, como ya se adelantaba en el boletín de noticias 2010/11, con el fin de que los usuarios tengan información puntual de la deuda generada para una empresa desde el mismo momento en que ésta puede constar en los Certificados de Situación de Cotización, la TGSS, con carácter previo a la notificación de la reclamación de deuda o providencia de apremio, ha considerado conveniente utilizar la plataforma de comunicaciones de que dispone el Sistema Red, para remitir una comunicación al autorizado informándole de las deudas detectadas a los CCC a este asignados. Este nuevo mensaje, que se empezará a remitir a partir del día 18 de enero del 2011, tiene como finalidad, además de la meramente informativa, la de que, en caso de que se compruebe la no procedencia de la misma, se pongan en contacto con la Administración de la Seguridad Social correspondiente a la unidad de gestión de la empresa, para su revisión, antes de envío, o en caso contrario, solicitar a través del nuevo servicio el documento de ingreso de la deuda para su ingreso.
Asimismo cuando se produzca la anulación de alguna de las deudas que en los treinta días anteriores ha sido comunicada a los usuarios del sistema RED, se generará otra comunicación destinada al usuario RED en la que se indicará que se ha anulado dicha deuda. Por tanto, sólo se comunicarán este tipo de anulaciones respecto a deuda generada que haya sido objeto de comunicación por esta misma vía.