- FEMPA y los Sindicatos UGT y CCOO han suscrito en la mañana del día de hoy el texto definitivo del convenio que regulará el sector hasta el 2025
Teniendo como marco el acuerdo alcanzado entre patronal y sindicatos, FEMPA y los Sindicatos UGT y CCOO han suscrito en el día de hoy el texto definitivo del convenio de la industria, los servicios y las tecnologías del sector metal 2024-2025 que afecta a más de 38.000 trabajadores en toda la provincia incluyendo actividades tan diversas como la fabricación mecánica, tratamiento de metales, talleres de reparación de vehículos, instaladores eléctricos y de telecomunicaciones, instaladores de fontanería frio y calor, ascensoristas, puertas metálicas, y un largo etc., y que regulará las condiciones sociolaborales y económicas del sector en la provincia de Alicante. Las negociaciones se han visto marcadas por la incertidumbre normativa con temas nucleares de la negociación colectiva como es la posible reducción de la jornada laboral, la tendencia inflacionista de la economía de los últimos años, la crisis geopolítica, la carencia de mano de obra especializada en oficios del sector y de unos costes energéticos que no terminan de estabilizarse.
El nuevo acuerdo es un reflejo de la importancia que las partes firmantes dan a la modernización y actualización en el sector, mediante la incorporación de medidas que favorecen la productividad, la flexibilidad, la igualdad entre hombres y mujeres, la formación, y el empleo entre otras, haciendo el sector más atractivo y favoreciendo la retención de talento.
El nuevo texto incluye además de actualizaciones normativas, algunas novedades que mejoran las condiciones actuales para empresas y trabajadores:
Artículo 60.- INCREMENTO SALARIAL
Para los años de vigencia del convenio se pactan los siguientes incrementos salariales:
- 2024: Incremento de 4,5% desde el 1 de enero de 2024.
- 2025: Incremento de 4% desde el 1 de enero de 2025.
Los atrasos generados desde el 01/01/24 se podrán abonar hasta el 31 de diciembre de 2024. Excepcionalmente, este plazo podrá verse alterado en aquellos centros donde exista representación legal de las personas trabajadoras y siempre y cuando medie acuerdo entre éstas y la empresa.
Artículo 63.- CLÁUSULA DE REVISIÓN
Cada año de vigencia experimentará una revisión de carácter técnico sin atrasos. Si el IPC real a 31 de diciembre de 2024 excediera del 4,5% pactado, se realizará una revisión de carácter técnico, sin atrasos, por la diferencia con el tope máximo del 1%. Igualmente, si el IPC real a 31 de diciembre de 2025 excediera el 4,00% pactado, servirá dicho exceso como base de cálculo para las tablas de 2026 con el tope máximo del 1%. Sin atrasos ni revisión retroactiva.
Existen además otras novedades :
- Sensibles con los efectos negativos del cambio climático, se incorpora un nuevo artículo 34 bis sobre el Estrés térmico al efecto de planificar medidas preventivas que puedan mitigar o eliminar los riesgos laborales vinculados a las temperaturas extremas.
- Se incrementa el capital del seguro de accidentes obligatorio del Convenio Colectivo, que a partir del 1 de octubre de 2024 pasará a ser de 27500,00€
- Se mejora la redacción del artículo 58 que regula las excedencias y se establece un plazo de preaviso de 15 días para la solicitud y comunicación de reingreso. Además en las excedencias por cuidado de familiares, se se tendrá en cuenta el fomento de la corresponsabilidad entre mujeres y hombres y, asimismo, evitar la perpetuación de roles y estereotipos de género.
- Considerando imprescindible la puesta en marcha de acciones en materia de formación profesional, por las que se eleven los niveles de capacitación y productividad, es necesario establecer planes de actuación en los que se señalen como objetivos la mejora, actualización y capacitación de los puestos de trabajo, concretándose en planes de formación continua, ocupacional o de libre acceso. Aquellas empresas que no implanten planes de formación deberán abonar un plus de formación de 30 €/mes para toda la plantilla.
Durante la sesión de suscripción del convenio los agentes sociales han querido resaltar la importancia de la negociación colectiva y del trabajo realizado por patronal y sindicatos en cumplimiento de su función constitucionalmente encomendada, a pesar de todas las dificultades vividas durante el proceso de negociación.
FEMPA en los medios
- INFO TALLER: Fempa y los sindicatos acuerdan una subida salarial del 4,5% este año y del 4% en 2025 para los talleres alicantinos
- ALICANTE PLAZA: FEMPA y Sindicatos firman el convenio del metal: suben salarios un 4,5% este año y un 4% en 2025
- DIARIO INFORMACIÓN: Fempa y los sindicatos UGT y CCOO cierran un convenio para 2024 y 2025 con mejoras del 4,5 y 4 % respectivamente y novedades en el campo de la seguridad y la formación